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EN PERSPECTIVA
Miércoles 31.05.00 - Hora 08.20
EMILIANO COTELO:
El gobierno liberalizó ayer la instalación en el país de los servicios de televisión
satelital para abonados y estableció las normas que deberán cumplir las empresas
extranjeras y nacionales que quieran ofrecer este sistema en Uruguay.
"El nuevo marco normativo permitirá a los uruguayos acceder desde cualquier parte
del territorio nacional a uno de los sistemas de entretenimiento tecnológico más
avanzados", según lo que apunta hoy el diario El Observador. "La televisión
satelital digital revolucionó las pantallas del mundo por su excelente calidad de imagen,
un sonido insuperable y la posibilidad de observar películas a la hora y en el idioma que
elija el televidente". Entre otras opciones ofrece el "pay per view" (pago
por ver) como se denomina en la jerga.
"El decreto del gobierno, firmado por el
presidente Jorge Batlle y el ministro de Defensa, Luis Brezzo, se fundamentó en que la
operación en el país de otros servicios de televisión para abonados 'redundará en
beneficio del público en general que dispondrá de más opciones para acceder a mayores
fuentes de programación e información'".
Al mismo tiempo el gobierno cambió el régimen
tributario de los servicios de televisión para abonados, el canon, estableciendo un
sistema de pago en función de los suscriptores que tenga cada una de las empresas.
(Anteriormente las empresas tributaban en función de los habitantes del área en que
operaban)
A propósito de esta novedad, el diario El País dice que la presidenta de la Asociación
de Broadcasters del Uruguay (Andebu), María Celia Fontaina, "manifestó anoche que
el decreto aún no había llegado a la gremial que agrupa a las estaciones de radio y
televisión, por lo que prefería no formular comentarios hasta que el momento en que los
directivos pudieran analizar la norma y entender su alcance".
"La televisión satelital, según lo que dice el decreto, podrá ser ofrecida en
Uruguay por todas las empresas (nacionales o extranjeras) operarias del sistema, las
titulares de los derechos y las comercializadoras del servicio. Antes de comenzar a operar
deberán contar con la autorización del Poder Ejecutivo", publica El Observador.
Para conocer algunos de los detalles de este nuevo marco, vamos a conversar con el
ministro de Defensa Nacional, Luis Brezzo. Antes de ir a algunas preguntas específicas,
como introducción general podría decirnos la fundamentación de la opción que se tomó.
LUIS BREZZO:
Lo que intentamos es resolver un tema que se esperaba desde hace varios días y generando
expectativa. Y hacerlo de forma que la introducción de la oferta de este nuevo sistema en
el mercado, se haga en el mayor pie de igualdad con el resto de las ofertas existentes.
Esa es la idea general.
Al mismo tiempo se da la posibilidad de que el nuevo sistema pueda entrar con toda su
capacidad de oferta y no limitado territorialmente o en cuanto al número de canales que
se ofrecen.
EC - Hasta ahora, el único decreto vigente en Uruguay
en materia de televisión satelital era de 1997. El mismo autorizaba, a quienes ya
operaban en ese momento distintos servicios de televisión para abonados en todo el país,
a complementar con programación satelital directa al hogar la cobertura en aquellos zonas
no abarcadas todavía.
LB - Es así.
EC - ¿Esa limitación desaparece?
LB - Esa limitación desaparece en cuanto al lugar. Antes podían hacerlo solamente las
empresas que ya estuvieran operando cable y solamente en algunas zonas del país donde no
llegara nada, salvo la televisión abierta. También tenía limitaciones en la cantidad de
canales, creo que eran 16.
EC - Eran 16 canales, con un máximo de 11 señales internacionales.
LB - Además se imponían algunos canales nacionales en particular. Ahora no hay nada de
eso. El sistema es totalmente abierto. La televisión satelital podrá ofrecer los canales
uruguayos, si llega a acuerdos con las empresas. No tiene limitaciones en cuanto a la
extensión territorial ni en cuanto a la cantidad de canales que ofrece.
EC - Es decir que la televisión satelital ,que hasta ahora valía solamente en la zona
rural o en muy pequeños poblados no abarcados, se puede comercializar en todo el
territorio, inclusive Montevideo u otras ciudades importantes.
LB - Es exactamente así.
EC - Tampoco hay limitaciones en cuanto a quiénes pueden ofrecer este servicio. Se
habilita la entrada formal de las empresas que están operando en la región.
LB - Lo único que se establece son algunas normas en cuanto a la inscripción en la
Dirección Nacional de Comunicaciones, cosas que hacen a la formalización de las
actividades comerciales.
EC - Ahora, recién mencionaba que el decreto detalla tres posibilidades de brindar el
servicio de televisión satelital. Por un ladom, los operadores mismos del sistema; por
otro, los titulares de los derechos y por último, los comercializadores del servicio.
¿Por qué se establecen estas tres categorías?
LB - Esas son definiciones del decreto. Se establece, por ejemplo, la obligación de que
el titular que tiene que estar instalado en el país sea el que esté comercializando el
servicio.
EC - O sea, no es necesario que DirecTV y SkyTV en sí mismas, se instalen aquí.
LB - No es necesario.
EC - La segunda variante sería que cada una de ellas nombrara una empresa como
representante.
LB - La empresa tendrá que acreditar que realmente es representante.
EC - Y la tercera posibilidad es que haya varios distribuidores de cada una.
LB - Esa es otra. Son posibilidades comerciales, Cotelo.
EC - Por lo tanto, queda por el camino una restricción que hasta ahora regía en cuanto a
que los titulares de los servicios de televisión para abonados, igual que en la
radiodifusión y televisión, tenían que ser ciudadanos uruguayos.
LB - Sí, eso queda eliminado.
EC - Esa es una norma que rige en Uruguay pero que, de hecho, no se estaba cumpliendo
tampoco.
LB - En la práctica ya había situaciones donde eso no era así. Se sabe que está el
Grupo Clarín (Argentina), por ejemplo, está en una de las emisoras de televisión
codificada y también en otro tipo de emprendimientos.
EC - Se supone que ése es un aspecto que tendrá que estudiarse y modificarse, en la
medida en que la realidad ha pasado por encima de la ley.
LB - Es probable. Esto es el paso de la apertura. Yo no descarto que sobre la marcha o en
la medida en que se vaya viendo la cosa, haya que hacer algún ajuste más.
EC - Ministro, en cuanto a este cambio que se aprobó en cuanto al sistema de cálculo del
canon que pagan las empresas de televisión para abonados, ¿cuál es el fundamento?
LB - El fundamento es establecer un criterio que seguramente es mucho más preciso y más
técnico. En todos los casos en que se cobran impuestos, lo lógico es que se establezcan
de acuerdo a la cantidad de ventas y no a una presunción potencial de ventas como era en
el caso anterior. Se prefirió ir al sistema de cobro por abonado porque de esta manera se
incluye lo satelital de una manera mucho más precisa.
EC - Recordemos que hasta ahora el canon era de 0,55 dólares por habitante de los centros
poblados del área servida o a servir por las empresas. Se consideraban los habitantes y
no los suscriptores. Y, a su vez, esa cifra se repartía entre las empresas que operaran
en esa zona.
LB - La cifra total se dividía entre las empresas que brindaran el servicio. Eso varía
en todo el país. Era una situación muy difícil de manejar en una forma precisa y justa.
EC - De ahora en adelante se pasa a pagar 50 pesos por suscriptor y por año. El diario El Observador hace unos cálculos que le
permiten llegar a la conclusión de que los actuales operadores verán rebajado el aporte
que tienen que realizar anualmente a la Dirección Nacional de Comunicaciones.
LB - Esa es una cuenta que hace el diario El Observador que no voy a comentar.
EC - ¿El gobierno ha estimado el conjunto de lo que va a recaudar de ahora en adelante?
¿Es mayor o menor?
LB - Hay una estimación hecha por el gobierno pero tampoco la voy a comentar.
EC - ¿Es menor o es mayor?
LB - Es aproximada.
EC - Falta el dato de cuantos suscriptores tendrá la televisión satelital.
LB - Claro.
EC - ¿Ustedes han hecho de todos modos una estimación?
LB - Sí.
EC - A partir de ahora, ¿qué esperan? ¿Hubo manifestación de interés de alguna de
estas empresas internacionales ante la Dirección Nacional de Comunicaciones (para operar
en el país)?
LB - Por ahora no. Lo que hemos querido es abrir la posibilidad de que este sistema se
ofrezca en el país. Ahora la palabra la tienen los empresarios.
EC - ¿Una vez que una empresa solicite la autorización, puede operar directamente?
LB - Sí, no hay llamados. Se deben cumplir las formas establecidas en el decreto. El
sistema de llamados obedece a la ley de radiodifusión. En este caso, pensamos que era
establecerle una serie de formalidades dilatorias a una cosa que toda la gente está
esperando.
EC - ¿La próxima resolución es la que tiene que ver con las llamadas "radios
comunitarias" de las que también habló el presidente?
LB - Sobre ese tema no hay nada pensado.
EC - El presidente Batlle anunció la intención de permitir la operación de ese tipo de
emisoras.
LB - Yo sé que el presidente lo mencionó informalmente pero no estamos pensando en nada
de eso. Además no las llamaría "comunitarias" sino "ilegales".
EC - En cuanto a la televisión para abonados. ¿El hecho de que ahora se liberalice la
televisión satelital directa al hogar, permite pensar que en el futuro también se
liberalizará las otras modalidades de televisión para abonados ya existentes?
LB - Por ahora no está pensado hacer nada de eso. Pensamos que el sistema, aún
incorporando la televisión satelital, tiene ciertos equilibrios. Abrir otros sistemas o
cambiar todos los criterios que tiene la televisión para abonados, puede generar una
situación perjudicial para todas las empresas. No estamos pensando en hacerlo.
EC - Un oyente pregunta qué es lo que ocurrirá con las antenas de DirecTV o de SkyTV que
ya están instaladas por mecanismos informales o de manera clandestina en función de lo
que era hasta ahora la normativa.
LB - El decreto no establece nada en ese sentido.
EC - Ha quedado derogado el decreto del mes de febrero
que solamente permitía la importación de antenas parabólicas y decodificadores a las
empresas que estuvieran autorizadas en el país.
LB - Sí, quedó derogado.
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Transcripción y edición: Mauricio Erramuspe
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