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¿Qué factores se debe manejar para evaluar la disposición del gobierno de gravar las compras realizadas en el exterior a través de Internet? Análisis económico EN PERSPECTIVA Martes 26.06.01 - Hora 08:30 EMILIANO COTELO (EC): La decisión del Poder Ejecutivo de gravar con los correspondientes tributos aduaneros la introducción de mercaderías a través de encomiendas, que básicamente afecta a la compra de artículos a través de internet, despertó una intensa polémica en Uruguay. En el análisis económico de hoy nos proponemos examinar en detalle los principales factores que se debe tener en cuenta a la hora de evaluar esta decisión del gobierno. Para eso dialogaremos con Pablo Rosselli, economista de Tea Deloitte y Touche. Pablo, ¿qué evaluación hacen ustedes de la decisión del Poder Ejecutivo? PABLO ROSSELLI (PR): La evaluación, en términos generales y por las razones que iremos comentando en unos instantes, es que desde un enfoque general parece poco acertada. Pero antes de seguir, Emiliano, entendemos que es conveniente advertir a los oyentes que nuestro país comenzó, por esta vía, a discutir un tema que promete ser cada vez más complejo. Me refiero a los ajustes en los sistemas tributarios que los gobiernos deberán discutir en los próximos años para adecuarlo al desarrollo de internet y del comercio electrónico. El tema de hoy es bien concreto, pero tengamos presente que Internet es un fenómeno global, que aparecen transacciones internacionales realizadas a través de la web y que esas transacciones involucran sistemas tributarios muy diferentes de un país a otro. Incluso, en algunos casos, Internet está generando dificultades para los esquemas tributarios de los países en transacciones dentro del país. En concreto, en Estados Unidos hay una gran discusión acerca de cómo adaptar los distintos impuestos a las ventas que existen, y que son estaduales, a esta nuevas modalidades de compra. En otras palabras, el tema de hoy es bien concreto, pero tengamos presente que en adelante tendremos temas todavía más complejos asociados a estos desarrollos tecnológicos. EC - Creo que vale la pena la advertencia, Pablo. Ahora, entrando de lleno en el tema de hoy, ¿qué elementos hay que sopesar a la hora de evaluar la decisión del gobierno? PR - Pensamos que son varios. Por lo menos se nos ocurren cuatro. Hay consideraciones sobre equidad del sistema tributario y acerca de la naturaleza de los controles que aplica el Estado para asegurarse el cobro de sus impuestos, de materialidad o de relevancia de los flujos comerciales gravados y de los ingresos que esos tributos generan. Y, finalmente, nos parece importante señalar algunas consideraciones sobre los efectos de esta decisión sobre un fenómeno económico como Internet, que está sujeto presumiblemente a lo que los economistas llamamos "economías de red". EC - Comencemos, entonces, con el primer aspecto que señalabas. ¿Cuáles son las consideraciones en relación a la equidad del sistema tributario? ¿A qué se refieren, exactamente? PR - Se refieren a lo siguiente, Emiliano. En general se entiende que el sistema tributario debe dar un tratamiento equitativo a todos los contribuyentes. Y ello involucra una equidad en sentido vertical y una equidad horizontal. Sin dudas, llevar ese principio a la práctica siempre resulta algo opinable, pero de todas maneras los sistemas tributarios contemplan, incluyendo a nuestro país, disposiciones que tratan de favorecer a quien está en peores condiciones para pagar impuestos (y por eso, por ejemplo, los bienes de la canasta básica están exentos de IVA o están gravados a una tasa más baja que la tasa general de 23%)... Estas disposiciones, en definitiva, procuran otorgarle al sistema cierta equidad en términos verticales, castigo con más impuestos a quienes presumiblemente están en mejores condiciones para pagarlo. Y simultáneamente, el sistema tributario debe buscar una equidad horizontal, que hace referencia a que contribuyentes que presumiblemente están en igualdad de condiciones para hacer frente a la presión tributaria reciban del fisco un mismo tratamiento. Justamente, el no cobro de los recargos aduaneros a las compras por Internet castiga relativamente a las empresas que se instalan en el país y que venden sus productos haciendo frente a todos los impuestos, incluyendo los recargos por importación de los productos que venden en el mercado interno. EC - Justamente, Pablo, ése fue el argumento que con insistencia dio el Poder Ejecutivo... PR - Es así, Emiliano. Es un argumento claro. Por ejemplo, si una empresa vende discos compactos debe pagar los recargos y el consumidor que los compra por Internet no los pagaba hasta ahora. Desde esta óptica, se estaba configurando un tratamiento discriminatorio de los comercios instalados. De todas maneras, también es cierto que esa forma de discriminación no es la única y seguramente no es la más importante. A ninguno de nosotros escapa que cuando viajamos al exterior podemos realizar compras de bienes que introducimos al país sin recargos y por montos por cierto muy superiores a los 50 dólares. Sin embargo, ello no ha llevado a nadie a concluir que debamos establecer un gravamen a todos los artículos que traemos del exterior. En otras palabras, es un argumento atendible pero no parece suficiente. EC - Esta era, entonces, una primera consideración. Pero había otras. PR - Es cierto. Una segunda razón que dio el gobierno está asociada a la necesidad de extremar los controles, porque se había constatado situaciones de abusos, importaciones de montos significativos realizadas a través de Internet incluyendo algunas operaciones que claramente configuraban contrabando (es decir, la compra para su posterior comercialización dentro del país). Y aquí entramos en un segundo tema de discusión, que tiene que ver con la naturaleza de los controles aduaneros. Si bien es cierto que las compras por Internet a priori permitirían algunos abusos y usos indebidos, en general se entiende que los controles deben ser aleatorios y que no necesitan realizarse sobre la totalidad del flujo importador. En ese sentido, no parece muy razonable castigar todas las compras con impuestos y costos administrativos (como el despachante de aduana) para evitar un número porcentualmente pequeño de abusos, máxime si tenemos en cuenta que los abusos se producen no por falta de controles sino porque esos controles de alguna manera son burlados. EC - Hablabas también de cuestiones de materialidad. Supongo que te referías al escaso volumen que tienen las compras por Internet. PR - Exactamente. Las compras por Internet son extremadamente pequeñas en volumen, algunos pocos millones de dólares al año, incluyendo bienes que de todas maneras no están gravados como por ejemplo los libros... En otras palabras, esta inmaterialidad significa que, en los hechos y en términos generales, las compras por Internet, si bien recibían un tratamiento tributario favorable, no configuraban un daño significativo. Reitero que es una consideración general, que para algún negocio en particular puede resultar incorrecta. Y lógicamente, por los escasos montos involucrados, que serán seguramente muy inferiores tras lo dispuesto por el Poder Ejecutivo, en términos de recaudación es insignificante. Al Estado, en particular, las compras por Internet no le hacían daño alguno en términos de recaudación. EC - Para terminar, Pablo, hablabas también de las llamadas "economías de red". ¿A qué hacías referencia con ese término técnico y cómo incide eso en el análisis? PR - Aclaremos primero el concepto. Hablamos de economías de red porque los consumidores y las empresas tienden a valorar más a las redes extensas que a las redes pequeñas. Un ejemplo clásico de esto tiene que ver con la máquina de fax. ¿Cuánto vale el primer fax? ¿Qué utilidad tiene para un consumidor tener un fax si nadie más tiene? Ninguna, porque no tengo a quién enviarle el fax. Por el contrario, cuanta más gente tenga fax más útil es el dispositivo. Si hay una red de usuarios extensa, entonces el dispositivo es más valioso para cada consumidor. Este argumento, por supuesto, también vale para la red de teléfonos. Y vale también para muchos otros casos. Si nadie tiene videocasetera (o, más moderno, ahora, DVD), difícilmente encuentre video clubes (o lugares donde alquilar películas en DVD) y entonces la videocasetera pierde uno de sus mayores atractivos. Podríamos seguir enumerando ejemplos, pero concentrémonos en Internet... EC - ¿Qué ejemplos tenemos en Internet, Pablo? PR - Muchos. Internet es muchas cosas, pero claramente es una infraestructura, una red de comunicaciones. A través de esa red es posible implementar enormes cambios en los procesos de las empresas, en sus procesos de compra, de venta, de relacionamiento con terceros, cambios que permiten reducir costos y mejorar la oferta de productos. Uno de los aspectos críticos, sin embargo, es que es necesario realizar inversiones para aprovechar las nuevas ventajas tecnológicas que ofrece Internet. Y la rentabilidad de esas inversiones está relacionada justamente con el tamaño de la red. Aparecen así esas "economías de red". Por ejemplo, no tiene mucho sentido para una empresa invertir en un portal de ventas a través de Internet y en ajustar y automatizar todos sus procesos para que eso funcione bien si no hay muchos internautas. No tiene sentido para una empresa invertir en un portal que venderá publicidad si no hay muchos internautas que potencialmente puedan visitar ese portal. Con estos ejemplos apuntamos a una conclusión simple: cuanto mayor sea la cantidad de internautas en un país, más atractivo será para las empresas invertir en tecnologías que aprovechen esa red de potenciales compradores. A su vez, cuantas más ofertas atractivas encuentren los internautas en la red, más alentadas se verán otras personas a ingresar a Internet. Eso induciría a otras empresas a invertir en Internet, y así sucesivamente. EC - Si entiendo el razonamiento, Pablo, estás apuntando a que la medida aprobada por el Poder Ejecutivo va en la dirección contraria, desalienta el uso de Internet... PR - Claro, Emiliano. Aclaremos que la mayoría de los internautas en nuestro país no utiliza Internet para hacer compras en el exterior, pero es uno de los usos que algunos internautas realizan de la red. No podemos concluir que esta medida echa por tierra el objetivo de desarrollar Internet en el país, pero es un pequeño desestímulo al uso de Internet. Aún cuando en términos materiales o de significación no sea demasiado importante, esta decisión contrasta con el enfoque que se procura adoptar en otros países. En Estados Unidos, por ejemplo, existe una extendida convicción de que inicialmente Internet debe ser un mundo lo más libre posible de impuestos, lo que, por cierto, no es fácil. Pero la idea es esperar para gravar con impuestos las transacciones vía Internet hasta que la red alcance una masa crítica importante... Se trata de no desalentar bajo ninguna circunstancia ese círculo virtuoso del que hablábamos recién. Cuanto más internautas, más inversiones y más aplicaciones. Cuantas más aplicaciones haya, más internautas encontrarán útil la red. Sin dudas, la medida del Poder Ejecutivo no terminará con los internautas en Uruguay, pero teniendo en cuenta estas economías de red no parece razonable castigar al comercio electrónico con impuestos, sobre todo mientras ese comercio es inmaterial. Ya habrá tiempo más adelante de discutir cómo gravar y con qué magnitud al comercio electrónico. -------------- Transcripción: Tea Deloitte & Touche Edición: Julieta Sokolowicz |
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