La política de empleo ha figurado en los pactos
sociales junto con otras medidas, acuerdos políticos y económicos. Por ello resulta
indeslindable esta materia de otras y forman en realidad un "paquete de medidas"
interrelacionadas. Ello es debido a que en los últimos veinte años la política de
empleo ha estado fuertemente condicionada por los llamados "defectos estructurales
del capitalismo" español. Defectos heredados del modelo de desarrollo de los años
sesenta, durante la etapa franquista. Por consiguiente, la política de empleo y la
concertación social tripartita, han estado supeditada a los llamados condicionantes
estructurales que han impuesto límites al contenido y a la forma de los citados pactos.
En este sentido podríamos referirnos a cinco tipo de limitaciones heredadas del
"modelo económico desarrollista".
El primer condicionante heredado ha sido la industrialización
extremadamente desigual a nivel territorial y sectorial de los años sesenta. En su origen
dicho proceso de industrialización es dependiente del exterior: supeditado a las
necesidades de importación de tecnología e inversión extranjera. En éste sentido se
puede denominar al caso español como de capitalismo semi-periférico dependiente. El
segundo límite lo ha constituido el propio modelo de desarrollo económico: caracterizado
por una fuerte dependencia de la coyuntura monetaria debido a la débil estructura
financiera de las empresas, a la falta de recursos propios, lo que ha dificultado
posteriormente la modernización de las empresas. Además, hay que sumar la fuerte
dependencia energética exterior: importaciones de petróleo en el contexto de los
sucesivos "shocks inflacionistas" de 1973 y 1979.
Una tercera limitación ha sido la falta de concentración industrial y
financiera, derivada de la política proteccionista del mercado interno durante la etapa
franquista. Ello ha favorecido la abundancia de pequeñas empresas con tecnología
obsoleta y carente de racionalización en la organización del trabajo. Por consiguiente,
las condiciones proteccionistas ha propiciado la generación de un tejido productivo
compuesto por pequeñas y medianas empresas -pymes- con uso intensivo de mano de obra, con
baja productividad y no competitivas en un mercado abierto. Este problema relativo a la
falta de competitividad se ha manifestado en las dificultades de las empresas frente a la
creciente competencia de los Países en Vías de Desarrollo. Lo que ha llevado a plantear,
desde mediados de los setenta hasta mediados la década de los ochenta, la necesidad de
reestructurar algunos sectores industriales -textil, construcción naval, siderurgia y
línea blanca de electrodomésticos-.
El cuarto condicionante ha sido el carácter paternalista y
autoritarios de las relaciones laborales en las pymes. No habituadas a un marco
democrático, formalizado y autónomo de relaciones laborales. A ello se debe añadir,
como colofón, la existencia de una burguesía poco dinámica, acostumbrada al
proteccionismo, a las subvenciones y al clientelismo autoritario del Estado.
Finalmente, el quinto problema será la creciente presión demográfica
sobre el mercado de trabajo desde mediados los setenta hasta algo más de mediados los
ochenta. Dicha presión sobre el mercado de trabajo se deriva.
Por un lado, del "baby boom" de los años sesenta. Y, por
otro lado, del retorno de la emigración europea, como consecuencia de la crisis
económica durante la década de los ochenta.
En suma, a tenor de estos condicionantes estructurales podríamos
denominar el modelo de desarrollo económico español como fordismo semi-periférico o
bien fordismo incompleto, cuyos "defectos estructurales" han condicionado
enormemente la política de empleo. La mera referencia a los grandes condicionantes
estructurales nos permite advertir que la concertación social tripartita ha tenido
también un especial significado político y no meramente económico. En los últimos
veinte años la política pactos y de empleo ha pasado por tres etapas o escenarios en las
que se ha abordado los problemas con distintas metodologías.
En el primer escenario, que va desde 1978 hasta 1986, la política de
empleo ha estado asociada a la política de pactos sociales, que a su vez resulta
indesligable de un fuerte significado político e institucional en términos de
transición y consolidación de la democracia. En el segunda escenario, desde 1986 hasta
1993, se pasa a prescindir de los mecanismos de regulación concertada y a depositar las
expectativas en el mercado y en la flexibilidad del circuito del empleo. Y, finalmente, en
el tercer escenario, se constata los efectos perversos de la flexibilidad del empleo, al
tiempo que se ensaya una nueva metodología que trata de reforzar el papel de la
negociación colectiva y la autonomía de las partes.
1. PRIMER ESCENARIO: CONSENSO POLÍTICO, CONCERTACION Y EMPLEO
(1978-1986)
1.1. Pacto de la Moncloa y reformas estructurales: 1978-1979
En el inicio de la transición de la dictadura a la democracia,
obviamente, el problema prioritario es de índole política: la construcción del consenso
constitucional y lograr la estabilidad política. Y, en el plano económico, controlar la
inestabilidad acarreada por la inflación. Los Pactos de la Moncloa, de octubre de 1977,
tratan precisamente afrontar los problemas políticos y estructurales heredados del
franquismo.
El primer punto de los Pactos consistió en distribuir
responsabilidades y costes de la crisis. En particular, el objetivo básico era reducir la
inflación y fomentar el empleo juvenil. El contenido y las líneas de acción consistió
en una política de saneamiento mediante una política monetaria restrictiva. A la vez que
un empeño en la moderación salarial al compás del IPC previsto y no en función del IPC
del año anterior, tal como venía siendo habitual hasta entonces. Igualmente se trató
controlar los precios de producto de primera necesidad. El resultado de estas medidas se
plasmó en una reducción parcial de la inflación en los dos siguientes años, pero con
todo, persistieron las tensiones inflacionistas hasta mediados los ochenta.
La segunda medida consistió en una política de reformas estructurales
para reducir la dependencia energética exterior y liberar los precios del petróleo. Así
como acometer una política de reestructuración industrial en los sectores menos
competitivos (textil, naval, siderurgia, electrodomésticos, etc.). Sin embargo, dicha
política de reestructuración se fue aplazando a tenor del crecimiento del desempleo, el
aumento de la conflictividad laboral y las movilizaciones sindicales. La tercera medida
consistió en una política de reformas institucionales de diverso carácter. En
particular, inicio tímido de una reforma fiscal, al modo de otros países de nuestro
entorno. Racionalización presupuestaria y del gasto público. Paulatina liberalización
del sistema financiero, escasamente competitivo, atrasado tecnológicamente y muy
fragmentado.
En definitiva, los Pactos de la Moncloa han tenido una importante
significación política y simbólica para consensuar el proceso constituyente, que
desembocó en la aprobación de la Constitución de 1978. Pero la prioridad política,
supuso relegar las decisiones económicas a un segundo plano, por ello los Pactos serán
insuficientes para abordar las reformas de las estructuras económicas que necesitaba el
país. Incluso no se abordó la política de empleo juvenil pactada por temor a un aumento
de la tensión con sectores empresariales.
1.2. La hegemonía de las tesis del Bloque Histórico de
Progreso: 1979-1982
El siguiente pacto se gesta desde posiciones socialdemócratas. Desde
inicios de la transición, la estrategia del PSOE consistía en alcanzar la hegemonía
mediante la alianza en un Bloque Histórico de Progreso (BHP). Esto es, una alianza
interclasista entre nuevas clases medias urbanas y progresistas, representada por el
partido socialista, por un lado, y por otro, la clase trabajadora, representada por la
UGT.
El Programa Económico del BHP se sustentaba en las tradicionales
propuestas socialdemócratas. Inspiradas en propuestas Keynesianas, basadas en las ideas
de reformas estructurales, la intervención reguladora del estado para corregir los
desequilibrios sociales que genera el mercado y la necesidad de solidaridad de los
trabajadores ante la crisis. De ahí, que la política sindical de la UGT se ha basado
durante este período en fortalecer el papel institucional de los sindicatos, ganar
influencia en las esferas del poder social y consolidar a sus estructuras organizativas.
En consecuencia su estrategia se jalona en una serie de pactos sucesivos -que se llevará
a cabo en los siguientes años- con la finalidad de coordinar la política de rentas con
la política de empleo y reforzar el papel institucional de los sindicatos. Entonces ésta
era una tarea perentoria para todo el movimiento sindical si tenemos en cuenta la
inexistencia de una cultura democrática y de negociación contractual -particularmente
entre los empresarios de las pequeñas y medianas empresas, pymes-. A lo que hay que
sumarle la notable debilidad de las propias organizaciones sindicales recién legalizadas,
así como la inexistencia de un marco de relaciones laborales y una profunda dispersión
de la negociación colectiva, además con una baja tasa de cobertura.
Fruto de esta línea de acción es la consecución de una serie de
pactos entre 1979 y 1982. El primero fue la firma del Acuerdo Básico Interconfederal en
1979, llevado a cabo por UGT y CEOE, que sentará las bases para la elaboración del
Estatuto de los Trabajadores y la posterior concertación tripartita plasmada en el en el
segundo pacto:
Acuerdo Marco Interconfederal (1980-81, al que se adhiere USO) con lo
que se sentará las bases del sistema de relaciones laborales español.
A pesar de la conflictividad laboral durante este período, estos
pactos constituyen un paso fundamental en la construcción del modelo de Relaciones
Laborales, por cuanto supone el reconocimiento de la autoridad negociadora y la
legitimidad de las partes frente a la opinión pública. Asimismo, facilitarán la
homogeneización en los contenidos y ámbitos de la negociación colectiva. Con todo, los
pactos no tendrán eficacia suficiente en materia de empleo. Incluso, el posterior Acuerdo
Nacional de Empleo -conocido como "pacto del miedo", porque se firmó después
del fallido golpe de estado del 23-F de 1981- no tubo realmente eficacia en materia de
empleo. Su objetivo fue esencialmente simbólico: la consolidación del sistema
democrático.
1.3. El lastre de los "defectos estructurales" en la
política de concertación: (1982-1986)
En 1982 al llegar al poder el primer Gobierno Socialista tubo que
enfrentarse con el enorme condicionante de las reformas estructurales que no habían
podido llevar a cabo los anteriores gobiernos centristas (UCD) debido a la alta
conflictividad laboral y a la insuficiente falta de consenso. El PSOE llegó al poder en
octubre de 1982 con un programa cuyo pilar fundamental era la política económica de
reestructuración industrial, el apoyo al cambio y la modernización estructural. A
diferencia de otras experiencias socialdemócratas europeas, el objetivo prioritario de
los distintos gobiernos durante el período 1982-1988, e incluso hasta 1993, ha sido el
crecimiento económico y no la distribución, lo que sin duda constituía una prueba de
fuego para los socialdemócratas españoles.
Los objetivos expansionistas del programa de corte keynesiano son
sustituidos inmediatamente por la idea de ajuste y saneamiento centrada en el mercado. En
cierto modo, el reajuste del programa se convertirá en una continuación de la política
económica de UCD. El gobierno socialista justificó el cambio en la orientación: se
dirá entonces "que era la única política económica posible". Con estos
criterios se formaliza la firma de dos pactos más. El primero en, 1983, suscrito sólo
por UGT y CEOE es el Acuerdo Interconfederal (AI) y considerado una carta de apoyo
implícito al primer Gobierno socialista. Aunque el Gobierno no suscribe el pacto debido a
tensiones y discrepancias en torno a la jornada de trabajo -petición de reducción de la
jornada laboral por debajo de las 40 horas-.
El segundo fue el Acuerdo Económico y Social (1984-1986), este acuerdo
tripartito tiene por objeto intercambiar moderación salarial a cambio de empleo. En este
acuerdo se pactan por primera vez las medidas de contratación temporal. Aunque
únicamente como medidas coyunturales supeditadas a la creación de empleo por dos años.
A cambio los sindicatos -sólo suscribe el pacto UGT- recibieron incentivos funcionales
para consolidar sus organizaciones, así como "pluses de representatividad" para
favorecer la concentración de la representatividad.
En definitiva, dos opciones caracterizaron la política económica del
Gobierno Socialista. Por un lado, la opción por el mercado y el capital privado. Esto es,
centrando la expectativas de recuperación en la iniciativa privada, minimizando la
intervención del sector público en la economía, y limitando el papel del estado. Esta
opción por el mercado implicó, por consiguiente, priorizar la estabilidad a través de
la reducción de la inflación. Lo que a su vez implicó una política monetaria
restrictiva, con la consiguiente elevación de los tipos de interés.
Y, por otro lado, la opción por la modernización e
internacionalización de la economía, especialmente por la estrecha vinculación con la
Comunidad Europea, con la esperanza de que la riada de inversiones del capital
multinacional renovara el tejido productivo y trajera consigo la innovación tecnológica
y organizativa de las empresas, con lo que se presuponía que las empresas ganarían en
competitividad. Estas expectativas ligada a la internacionalización pusieron el acento en
la vía de la exportaciones y reducción de costos. Pero en contrapunto olvidó el mercado
interno y la capacidad adquisitiva de los salarios para tirar de la demanda interna. De
ahí la continua consideración de los costes salariales para ser competitivos en el
exterior y la escasa consideración de los salarios en términos de poder adquisitivo.
Así, estos dos objetivos macroeconómicos se tradujeron en la
política de ajuste. Lo que se plasmó en el AES, último pacto suscrito por el gobierno
socialista. Tres elementos tuvieron especial importancia en dicho acuerdo. En primer
lugar, la moderación salarial destinada a contener la inflación y a la vez favorecer los
excedentes empresariales, el ahorro y la consiguiente inversión generadora de empleo de
empleo. En segundo lugar, la flexibilidad en las formas de contratación del empleo al
objeto de reducir las rigideces jurídico-institucionales para proceder a continuos
ajustes del mercado de trabajo. El tercer elemento del AES fue la contrapartida que
obtienen los sindicatos: consistente en la concesión de incentivos funcionales para
favorecer la concentración de la representatividad laboral y limitar la dispersión de
los pequeños sindicatos. En este sentido la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) se
convirtió en un mecanismo favorecedor de los grandes sindicatos, condición necesaria
para articular y racionalizar las relaciones laborales.
En resumen, esta política fue posible durante el período 1982-1986
gracias al amplio consenso propiciado por la tesis del "Bloque Clases" que
presidía las estrechas relaciones entre partido y sindicato socialista. Por entonces la
estrategia "institucional" de UGT favoreció la política de concertación hasta
dicho año. A partir de aquí se registro una larga política de discenso y crispación
entre UGT y el PSOE. Lo que nos llevará al segundo escenario, caracterizado por una
creciente desintonía de las relaciones entre ambos.
2. SEGUNDO ESCENARIO: DISCENSO POLITICO, FLEXIBILIDAD Y
CONTRATACION TEMPORAL
2.1. Efectos de la política de ajuste y ruptura relaciones
UGT-PSOE: 1986-1993
Los efectos de la política de ajuste, centrada en la moderación
salarial y en la flexibilización de la contratación del empleo, se reflejaron
paulatinamente en los indicadores macroeconómicos, así como en las crecientes tensiones
en el seno del BHP. La UGT fue poco a poco retirando su apoyo al gobierno del PSOE y por
consiguiente a la política de pactos sociales.
El primer fruto fue la reducción de la inflación. El IPC pasó del 14
% en 1982 al 5,2% en 1987; como resultado de la política de moderación salarial pactada
en el AI y el AES. La política de pactos contribuyó de forma singular a contener la
inflación y disciplinar el comportamiento de los salarios, mediante bandas de máximos y
mínimos entre las cuáles podían oscilar los mismos. Así, desde 1979 hasta 1986 el
salario real fue negativo.
En contrapunto, los excedentes empresariales -excedentes brutos de
explotación- se comenzaron a recuperar a partir de 1979 hasta 1988, es decir se invierte
la tendencia de decrecimiento que va desde 1970 a 1977. Los datos de la Contabilidad
Nacional, ponen de relieve el cambio de tendencia en la distribución funcional del PIB.
Es decir, registra una tendencia inversa a la de los salarios. Los excedentes
empresariales crecieron incluso hasta niveles escandalosos. La inversión comenzó a
crecer a partir de 1986. Pero no la inversión productiva, sino la especulativa. El
subsiguiente problema que se planteó fue garantizar la reinversión de los beneficios
empresariales, en un contexto que sólo favorecía la especulación financiera e
inmobiliaria. Pero además, en este contexto difícilmente sindicatos y trabajadores
podían seguir aceptando sacrificios salariales sin contrapartidas tangibles en materia de
empleo.
En segundo lugar, otro elemento de tensión entre la UGT y el PSOE fue
el deterioro de las rentas vinculadas a los presupuestos del Estado: quedaron seriamente
erosionadas como consecuencia de la restricción del gasto público. Colectivos como los
funcionarios, pensionistas, jubilados y desempleados vieron reducir drásticamente su
poder adquisitivo. A lo que debe añadirse las derivaciones sobre la restricción en las
políticas sociales: caída de la cobertura del desempleo (del 33,6 en 1982 al 28,5% en
1988). Caída de la construcción de la vivienda pública y enorme encarecimiento de la
vivienda privada.
El tercer factor del disenso, entre sindicato y partido socialista, lo
constituyó el malestar generado entre los trabajadores ante la falta de cumplimiento
gubernamental de las contrapartidas negociadas por los sindicatos y el incumplimiento
empresarial para implantar mecanismos de participación laboral en los beneficios derivado
de la mejora de la productividad en las empresas.
En cuarto lugar, el empleo registró un fuerte incremento. Se
invirtieron las tendencias respecto al período 1974-84 en el cual se perdieron más de
dos millones de puestos de trabajo; por el contrario durante el período 1984-89 se
crearon 1.600.000 nuevos puestos de trabajo. O sea se creció a un ritmo de 400.000
empleos anuales. Sin embargo, el nuevo tipo de empleo generado fue fundamentalmente
temporal, precario y con una fuerte rotación. Los indicadores del Boletín de
Estadísticas Laborales pusieron de relieve dicha tendencia: un incremento del empleo
temporal, que pasó del 5,8% en 1982 al 26,5% en 1988. En contrapunto se registró un
paulatino declive del empleo fijo. Pasó de 7,2 millones en 1983 a 6,5 en 1988 y al 34% en
1994. Esta precariedad e inseguridad en el empleo tendrá efectos restrictivos sobre el
consumo interno y, por tanto, efectos perversos a medio plazo sobre la propia política de
empleo. Pero aparentemente se había producido el milagro económico: las tasas de
crecimiento del PIB pasaron del en 1982 0,9% al 5% en 1988, es decir a cotas más altas
que las europeas. A juzgar por los indicadores macroeconómicos se había producido el
milagro, estábamos en el país de las maravillas.
Empero, la realidad social mostraba otra cara: en este período
aumentaron las desigualdades y las bolsas de pobreza. Cayó la cobertura del desempleo
-cuestión dramática para el paro de larga duración- y se estabilizó el gasto público.
Aunque crecieron moderadamente los gastos sólo en Educación y Sanidad. El aumento de las
desigualdades y el resultado negativo en la redistribución de la renta comportará una
crisis en la política de pactos sociales. Así comenzó a gestarse una creciente
distanciación hasta acabar en ruptura de relaciones entre la UGT y el PSOE. El primer
desacuerdo fue la Huelga General de Junio de 1986. Una reacción sindical contra el
recorte en las pensiones. Ese mismo año UGT retrocede en las elecciones sindicales en las
grandes empresas, lo que será un indicador de la retirada del apoyo de los trabajadores a
la línea de pactos institucionales.
La espoleta que llevó a la ruptura fue el Proyecto de Empleo Juvenil,
en la línea de reforzar más la contratación temporal -cuando ya antes UGT y PSOE
habían acordado en el AES que esta medida sólo sería de carácter coyuntural-. A ello
hay que añadir el incumplimiento en la tasa de la cobertura del desempleo: se había
pactado una cobertura del 48%, mientras que ya en 1988 la cobertura había descendido al
26%. El distanciamiento definitivo se produjo con la Huelga General de 1988. Así el PSOE
dejó de tener el apoyo explícito de la UGT, su sindicato hermano. Por el contrario,
encontrará el respaldo de un nuevo interlocutor: los empresarios
2.2. Una "salida ofensiva" a la crisis:
modernización tecnológica
y organizativa de las empresas
El nuevo respaldo a la política económica del partido socialista
procederá del Círculo de Empresario, la "inteligencia empresarial". Pero la
reacción empresarial será tardía. No llegó hasta después de 1985-86. La estrategia
denominada "salida ofensiva a la crisis", fue en realidad un proceso de
modernización en la gestión de la fuerza de trabajo, un proceso de innovación
tecnológica y organizativa. Aunque esencialmente fue un fenómeno reducido a las grandes
empresas industriales y de servicios.
Dichas estrategias de las organizaciones empresariales coinciden
entonces con el diagnóstico de la crisis económica y con las líneas maestras de la
política económica gubernamental que apuesta por una nueva vía de competitividad
internacional basada en la tecnología, en la investigación y en la calidad. Asimimos, en
términos de diagnóstico el Instituto de Estudios Económicos, asesor de la CEOE,
apuntaba a inicios de la década de los ochenta que los cambios acelerados del entorno,
especialmente los derivados de la entrada de España en la Comunidad Europea, sometían a
las empresas a fuertes presiones. Dichas presiones se caracterizaban por el incremento de
la competitividad y por la contracción de los mercados; a lo que habría que añadir la
complejidad burocrática de las grandes empresas y la rigidez de unas relaciones laborales
excesivamente institucionalizadas y regularizadas.
La adecuación al nuevo entorno dependía de si directivos y
empresarios interpretaban la crisis como un fenómeno estructural, originado por factores
políticos, sociales y económicos o si sólo la consideraban como un dato coyuntural, de
contracción del mercado. La "salida ofensiva" de la crisis estaba ligada a la
capacidad de interpretación global del entorno de las empresas; a la capacidad de
reconversión de la organización y de la gestión empresarial para adaptarse a las
variaciones del entorno.
Sin embargo, según el influyente Círculo de Empresarios, el principal
obstáculo a la hora de impulsar las estrategias empresariales era la rigidez del mercado
de trabajo. A los que había que añadir la falta de elasticidad de la estructura
organizativa de las empresas, la excesiva burocratización. La resistencia sindical, los
problemas de disciplina laboral. Y la carencia de sentido innovador y asunción de riesgo
empresarial. Por consiguiente, las alternativas propuestas por el Círculo de Empresarios,
a través de diferentes estudios e informes, no pasan ya por la concertación social
"o intercambio político", sino por la lógica del mercado, la innovación
tecnológica y organizativa, por la flexibilidad laboral interna y externa, la movilidad
de la fuerza de trabajo y la descentralización de la negociación colectiva. Estrategia
que nos conducirá a un tercer escenario.
3. TERCER ESCENARIO: TENDENCIAS EN LA ESTRUCTURA Y AMBITOS DE
LA NEGOCIACION COLECTIVA. EL EMPLEO COMO OBJETO
DE NEGOCIACION
En la década de los noventa se registra un cambio en materia de
política de empleo. Primero, se abandona definitivamente el modelo de concertación
macroeconómica tripartita (gobierno, empresarios, sindicatos) y el subsiguiente
compromiso de crear empleo público a través de los pactos. Segundo, se tiende a plantear
una nueva metodología basada en acuerdos de menor envergadura, con menores contenidos
generales, más concretos y de carácter bilateral. Y, tercero, se enfatiza y se delega en
el mercado las posibilidades de crear empleo, lo que se plasmará en las llamadas
"políticas activas de empleo".
3.1. Cambio de metodología: reforzamiento de la autonomía
de las partes
El modelo de concertación macroeconómica parece haber tocado fondo.
La globalización y la internacionalización económica han limitado el uso de la
política de concertación como instrumento de regulación macroeconómica. La
vinculación de la peseta al Sistema Monetario Europeo ha comportado una pérdida de
autonomía para la actuación de la política monetaria. Lo que significará que no podrá
comprometerse tan fácilmente el gobierno con los sindicatos a realizar una política
expansiva para generar empleo sin alternar los límites de la integración en el Sistema
Monetario Europeo.
Dicho en forma abreviada, para la política gubernamental la
concertación social tripartita parece haber sido una cuestión más del pasado. Propia de
una situación de reconstrucción y transición política de la dictadura a la democracia:
de un período de consenso para hacer frente a la crisis y de un espacio económico propio
limitado por el estado-nación. Por el contrario, el método de concertación tripartito
aparece ahora inapropiado en el contexto de una economía globalizada, donde se ve
limitado el uso de la política monetaria y fiscal. También, en los noventa, el contexto
de un mercado de trabajo fuertemente segmentado, con su consiguiente diversificación de
intereses dificulta, la capacidad de representatividad de sindicatos y empresarios. Así
como la armonización y convergencia de estrategias entre distintos intereses. En este
sentido, el mismo entonces Ministerio de Trabajo, advertía en 1990, sobre los
inconvenientes de la concertación a tenor de las dificultades de control y de gestión
del conflicto a causa de la aparición de nuevas corporaciones de organización de
intereses. De reagrupamientos profesionales y de formas de negociación directa al margen
de los sindicatos tradicionales.
En el nuevo escenario de los noventa la estrategia gubernamental parece
tener como objetivo reconstruir el diálogo y la negociación en base a una "nueva
metodología": acuerdos sobre materias concretas y puntuales y de forma bilateral con
los actores sociales, de manera que no se comprometa ni cuestione el diseño global de la
política económica, por tanto se limitan los márgenes para los grandes pactos
macroeconómicos a la vez que se agota su significado institucional. En añadidura, el
gobierno socialista proponía, a principios de los noventa, como alternativa una
descentralización de la negociación colectiva y un mayor protagonismo de las partes en
la regulación del mercado de trabajo. Este nuevo escenario, acabará con las tensiones
estratégicas y políticas entre los sindicatos mayoritarios -la posibilidad de grandes
pactos está agotada-. Lo que abrirá las puertas a la unidad de acción sindical desde
inicios de dicha década.
La nueva metodología se irá aplicando en pactos muy concretos, de
menor envergadura y que algunos estudiosos han dado en llamar
"mesoconcertación". Así se logran acuerdos parciales, como la reconversión de
un grupo de empresas del INI y un Acuerdo sobre Mediación Extrajudicial en Conflictos,
por citar sólo dos ejemplos concretos. Pero sin duda, el pacto más importante bajo esta
nueva metodología son los conocidos Acuerdos Interconfederales de 1997, que permitirán
la reforma del mercado de trabajo. En la anterior reforma, de 1994, la metodología
consistió en la intervención directa del gobierno mediante la aprobación en el
parlamento de un paquete
normativo que supondrá un importante giro en las relaciones laborales
y en la flexibilización del circuito del empleo, como veremos más abajo. Los Acuerdos
Interconfederales, constituyen -como acabo de señalar- un claro exponente de la nueva
metodología. Fueron suscritos únicamente por los sindicatos (CCOO y UGT) y las
organizaciones empresariales (CEOE y CEPYME), sin la participación del gobierno. Aunque
este ha estado presente entre bambalinas, así como mediante el apoyo explícito a través
de medidas complementarias destinadas a apoyar el desarrollo del acuerdo.
En definitiva, la nueva metodología no compromete en su globalidad a
la política económica y mucho menos a la política monetaria -muy sensible a la
conyuntura internacional-. Limita el contenido de las materias pactadas, reduce la
intervención directa del gobierno, refuerza la autonomía de las partes y tiende a
descentralizar la estructura de la negociación colectiva a fin de dotar a las relaciones
laborales de un mayor grado de flexibilidad. Y, a diferencia de la etapa de concertación
social anterior, no se contempla la posibilidad de crear empleo público.
Otro elemento que contribuye a explicar esta nueva tendencia es la
descentralización en el método de fijación de los salarios. Desde 1987 se viene
impulsado un cambio de método consistente en la sustitución de la determinación
centralizada de los salarios por una descentralizada: encaminada a flexibilizar la
estructura salarial a tenor del nuevo escenario económico. Como advierte el Círculo de
Empresarios, en la nueva "internacionalización de la economía española no puede
olvidarse la vertiente de los salarios como costes; en la medida que el coste salarial es
determinante de los costes laborales unitarios de las empresas individuales, que son las
que compiten en los mercados ... el salario como coste lleva, así, a la vinculación
entre retribución y resultado empresarial. Y esa vinculación entre ambos es fácil de
lograr en un sistema descentralizado de determinación salarial y no lo es cuando los
aumentos retributivos se erigen en el núcleo de la concertación social."
Esta estrategia descentralizadora, -propugnada primero por el gobierno
socialista y por el Círculo de Empresarios, y después de 1996 por el gobierno
conservador del Partido Popular- ha ido por delante en la realidad cotidiana de las
empresas. En los noventa cada vez cobra mayor peso el uso de políticas de diferenciación
salarial; el uso de incentivos y primas individualizadas; el recurso a la contratación
temporal, por obra y por servicio; la individualización de las relaciones laborales y los
pactos con grupos o "equipos especiales" de trabajadores al margen de los
sindicatos. En conjunto todos estos procedimientos han impuesto casi de hecho la
descentralización. A la vez que ha cuarteado y dificultado la capacidad de gestión y
coordinación centralizada de los sindicatos.
3.2. La Reforma del Mercado de Trabajo en 1994.
Flexibilización del circuito del empleo: entrada, estancia y salida
Como ya se ha apuntado, a partir de la década de los noventa, gobierno
socialista y empresarios no tienen mucho interés en volver a la metodología de la
concertación centralizada. El signo distinto de los años noventa vendrá marcado por lo
contrario: una tendencia a descentralizar los ámbitos de la negociación colectiva,
otorga una mayor autonomía a las partes -empresarios y representantes de trabajadores-
para definir las condiciones de trabajo y a depositar las expectativas en el mercado para
crear empleo. En este sentido, el principal problema del mercado de trabajo se interpreta
en términos de "rigideces", que impide o dificulta la adaptación de éste a
las variaciones del ciclo económico. Las fuentes del problema son las rigideces
jurídico-institucionales que regulan el trabajo. En particular las leyes de
contratación, la protección del desempleo y el sistema de negociación colectiva. Por
tanto, el desempleo es un problema de las rigideces propias del mercado de trabajo y no un
problema del funcionamiento global de la económica.
El posicionamiento empresarial y gubernamental en relación al mercado
de trabajo estará marcado por una fuerte ideología neoliberal. A mediados los años
ochenta, desde el AES, el foco central del problema del empleo se centra en
"flexibilizar el acceso" bajo nuevas fórmulas de contratación. En los noventa,
con el decreto de Reforma del Mercado de Trabajo de 1994, la flexibilidad se aborda con
una política de mayor calado. El problema ya no es únicamente el "acceso",
sino también la "estancia" y la "salida" del mercado de trabajo, por
tanto el problema estriba en la movilidad interna, la derogación de las ordenanzas
laborales y la redefinición de categorías laborales de plantilla para flexibilizar la
"estancia" en el empleo. Y, por otro lado, la "salida" se vislumbra
como una necesidad de facilitar el despido. En definitiva, empresarios y gobierno
interpretan que el problema es el excesivo garantismo laboral.
La Reforma del Mercado de Trabajo de 1994 persigue, pues reducir,
flexibilizar el ordenamiento laboral en el circuito del empleo: en la entrada, estancia y
salida. Primero, en la entrada la novedad que aporta esta reforma es la legalización de
las Empresas de Trabajo Temporal, con la finalidad de favorecer el flujo de comunicación
entre la oferta y la demanda. Pero también de favorecer la iniciativa privada en
detrimento de la intervención de las oficinas públicas de empleo. También desde 1984,
se viene erosionando el principio de causalidad en materia de contratación temporal. La
nueva normativa flexibilizará aún más la entrada, mediante la figura de la
contratación temporal y la posibilidad de establecer contratos especiales de aprendizaje
con un menor nivel de cobertura de protección social.
En segundo lugar, la permanencia en la empresa también se flexibiliza:
se suprimen los topes máximos legales de duración de los períodos de prueba, lo que
pasa a manos de la negociación colectiva y se amplia las causas para la movilidad
geográfica de la plantilla. Asimismo, se amplia las facultades empresariales para
modificar sustancialmente las condiciones de trabajo en virtud de razones económicas,
hasta entonces las razones reguladas eran técnicas y organizativas. En otras palabras, se
amplía las facultades empresariales para flexibilizar el uso interno de la fuerza de
trabajo. Asimismo, la reforma de 1994 enfatiza la necesidad de derogar las Ordenanzas
Laborales -que prescriben las tareas y contenidos de los puestos de trabajo- en favor de
nuevos grupos y categorías profesionales a definir a través de la negociación
colectiva. Igualmente, la reforma impulsa el uso flexible de la jornada de trabajo,
otorgando una mayor autonomía a las partes para que, a través de la negociación
colectiva, se regulen las horas ordinarias de trabajo. Mientras las horas extras no se
prevé disminuirlas, ni se contempla como intercambiables por descansos compensatorios
como venía reclamando los sindicatos.
Y finalmente, la flexibilidad en la salida -que ha constituido para la
CEOE uno de los caballos de batalla desde la década de los ochenta- es recogida
tímidamente por la reforma. La reforma de 1994 refuerza los motivos del despido
asociándolo a causas tecnológicas, organizativas y económicas. Pero, sin embargo, para
los despidos colectivos se mantiene el requerimiento de autorización administrativa del
Expediente de Regulación de Empleo. Mientras que para los despidos individuales se
suprime el requisito de autorización administrativa.
3.3. Cambios en la estructura y descentralización de los
ámbitos de negociación colectiva
La reforma de 1994 persigue, asimismo, sustituir los principios de
regulación de ámbitos superiores por principios disciplinarios de mercado. En este
sentido, hay un intento de sustitución del principio de eficacia general de los convenios
-erga ommes-, que da lugar a una cobertura generalista para todos los trabajadores de un
ámbito de negociación por convenios de eficacia limitada o bien mediante la
descentralización. De modo que no sea necesariamente vinculantes los convenios de ámbito
superior. Para dicha finalidad el decreto de la Reforma de 1994 otorga capacidad
reguladora a la negociación colectiva. En otras palabras, estaríamos ante la
"estrategia de la alcachofa", consistente en deshojar, hoja por hoja, la
negociación colectiva a través de la ruptura del principio jurídico-institucional de
regulación en ámbitos superiores.
Igualmente los contenidos conocidos como "mínimos
indisponibles" que figuran como un principio de cobertura en la estructura normativa
de la negociación colectiva, pasarán a convertirse en "disponibles" en la mesa
de negociación. Con ello se podrá mantener las cláusulas protectoras en los convenios
colectivos de las grandes empresas, pero no en las pequeñas donde apenas hay
representantes de los trabajadores, ni sindicatos. En este sentido, el riesgo tendencial
es que estos mínimos disponibles puede ir rebajándose, desprotegiendo paulatinamente a
los colectivos más débiles del movimiento sindical. Pero al mismo tiempo, las materias
en las cuáles la negociación colectiva tendría plena capacidad reguladora se amplían.
La estructura de la negociación colectiva, heredada del franquismo, ha
sido otro de los puntos de controversia en los últimos años. La estructura es mixta: ni
centralizada ni descentralizada, lo que ha comportado problemas de eficacia, control de
los contenidos de los pactos y convenios, así como problemas en el control de los
deslizamientos salariales. O, si se quiere, podemos decir, que la estructura es caótica y
desarticulada, basada en gran medida en los convenios de ámbito provincial, coexistente
con numerosos convenios de empresa y de ámbito estatal, en todos los cuales se repite el
mismo contenido sin ningún tipo de articulación. En pocas palabras, su estructura ha
sido insatisfactoria tanto para empresarios y sindicatos. Así, por un lado, los
empresarios han venido presionando por "empresarializar" las relaciones
laborales potenciando los convenios de empresa. Por el contrario, por otro lado, los
sindicatos han venido proponiendo un "modelo articulado" basado en convenios
sectoriales a nivel nacional frente a los convenios provinciales o de comunidad autónoma.
Por consiguiente, los convenios de ámbito inferior al nivel nacional-sectorial deberían
ser convenios complementarios, mejorando condiciones de trabajo no empeorándolas.
3.4. El empleo como materia de negociación colectiva
El empleo como materia de negociación ha tenido una creciente
importancia. Aunque su peso y eficacia real es relativamente limitada. A lo largo de los
últimos años podemos encontrar dos tratamientos distintos.
En un primer período (1979-84), el tratamiento del empleo en la
negociación colectiva ha tenido un carácter defensivo, de mantenimiento con objeto de
evitar los efectos lesivos de la reestructuración industrial. Las materias de empleo se
delegaban a los Pactos Sociales, de los que ya hemos hablado atrás. Pero al mismo tiempo
en el ámbito de la negociación de empresa se registran acuerdos sobre empleo que no
siempre llegaron a adquirir expresión jurídica en forma de convenio colectivo.
Un segundo periodo, se plantea con la aparición de dos nuevos
problemas a inicios de la década de los noventa. Por un lado, la flexibilización de los
contratos ha hecho más vulnerable el estatus y frágil la permanencia en el empleo cuando
el ciclo económico es depresivo; lo que a su vez acelera su destrucción. En las
situaciones de incertidumbre las empresas optan preferentemente por despedir y después
volver a contratar si el ciclo económico es favorable. Esto explica la destrucción de
empleo durante el período 1991-94 y las posteriores oscilaciones de la contratación
entre 1994-96. Pero también, por otro lado y al mismo tiempo, retrae la capacidad del
consumo privado, lo que también frena la posibilidad de recuperación económica.
Así surge un nuevo empeño, de ciertos círculos empresariales y
sindicales, por abordar los efectos perversos que genera el modelo de empleo flexible.
Este es precisamente el origen del "Acuerdo interconfederal para la estabilidad del
empleo" de 1997. En este periodo se inicia una nueva senda, por agotamiento de las
anteriores políticas de empleo. La precaridad y alta temporalidad -34% en éste último
año- ponen de relieve consecuencias negativas sobre la economía general: caída del
consumo interno, lo que a su vez frena la demanda, las posibilidades de recuperación
económica y la misma posibilidad de creación de empleo. Después de más de una década
de crecimiento del empleo temporal y de moderación salarial se constata sus efectos
perversos sobre la economía general.
Esta constatación sobre los efectos perversos de la flexibilidad es
precisamente el punto de arranque del acuerdo para transformar el empleo temporal en
estable, se convierte simplemente en una necesidad del propio sistema. Los Acuerdos
Interconfederales no constituyen un pacto macroeconómico, como los registrados en la
década de los setenta y ochenta. Sino acuerdos sobre tres materias concretas: empleo,
negociación colectiva y cobertura de vacíos en materia de condiciones de trabajo.
El Acuerdo Interconfederal de Empleo trata de fomentar la contratación
indefinida, pero con reservas relacionadas con el abaratamiento del despido de los nuevos
contratados. Pero lo sustancial es que en este período el empleo pasa a tener otro
tratamiento en la negociación colectiva, tanto a nivel de empresa como a nivel local y
regional. La diferencia entre las dos etapas es que se pasa de una política macro a una
política con mayor énfasis en lo micro (empresa, local y regional), sin dejar de
considerar también el tratamiento más global del empleo. Por tanto, podemos afirmar que
a partir de los años noventa se puede decir que se registra una inflexión en esta
materia. Con especial intensidad a partir de las sucesivas reformas de 1994 y 1997.
Las principales finalidades de la negociación sobre el empleo, han
sido, según el porcentaje de cláusulas registradas en los convenios: la movilidad
funcional (21%), movilidad geográfica (20%), creación de empleo por jubilación
anticipada (13%); mantenimiento del empleo (4,9%) y por último creación neta de empleo.
No obstante, desde una perspectiva cualitativa y especialmente a partir de 1994, la
preocupación central es la conversión de empleo temporal en empleo fijo o estable. Es
previsible que a partir de la Reforma del Mercado de Trabajo de Abril de 1997 se
incrementen las cláusulas relativas a la conversión de empleo temporal en fijo. En este
sentido tiene importancia cualitativa como tendencia.
En relación a los métodos utilizados para la creación de empleo o
bien el mantenimiento de los mismos podemos citar que las principales cláusulas
registradas son: la creación de empleo por jubilación anticipada; el trabajo a tiempo
parcial -especialmente en la administración pública, enseñanza-. Congelación salarial
para el personal de nuevo ingreso durante un período, que puede oscilar entre un año
hasta incluso cinco años. Reducción de las retribuciones por antigüedad para el
personal de nuevo ingreso. Conversión de los contratos temporales y contratos "fijos
discontinuos" en empleo estable. Este proceso de transformación del empleo puede ser
gradual, variable según evolucione las "circunstancias económica de la
empresa".
Otras cláusulas son la conversión de contratados en prácticas -por
formación profesional- en contratos temporales durante un período determinado -por lo
general un año-. Establecimiento de nuevos subgrupos de categorías profesionales, con
inferiores salarios, a cambio de preferencia en la contratación de familiares de los
trabajadores ya fijos. Asimismo, en los convenios existe una especificación del número
de nuevos contratos. Especialmente se establece y concreta el número cuando se trata de
pasar de trabajadores temporales a trabajadores fijos.
La negociación colectiva en materia de empleo no se suele tratar como
un tema aislado. En el nivel de empresa, por lo general, se suele negociar junto con otras
materias con objeto de establecer contrapartidas. Las materias por las cuales se
intercambia la creación de nuevo empleo son diversas y depende de los niveles de
negociación.
Así, en primer lugar, en el ámbito de la empresa, las principales
contrapartidas son la modificación de la jornada de trabajo, por apertura de entidades
financieras y locales comerciales en horario de tarde. Introducción de un nuevo turno,
generalmente el "quinto turno" a cambio de creación de empleo y conversión de
trabajadores temporales en fijos. Jubilación anticipada a cambio de la contratación de
un determinado volumen de jóvenes con retribuciones salariales más bajas. Reducción del
salario de los nuevos contratados durante un periodo de tiempo determinado, que oscila
entre un año hasta cuatro años según convenios de distintas empresas. Por lo general
los nuevos contratos perciben entre un 75%-90% del salario convenio.
En segundo lugar, en los convenios de sector las contrapartidas por las
cuáles se negocia el empleo parecen menos definidas y precisas o son más bien algo más
difusas. Las principales referencias son la ampliación del contrato eventual por periodos
de tiempo más largos. Reducción salarial para los trabajadores nuevos contratados. Y
cambio de horario de oficinas y atención al público en el caso del sector financiero.
En definitiva, a nuestro juicio la incorporación del empleo como
materia de negociación marca una inflexión en los convenios colectivos. Por un lado,
constituye una novedad propia de los años noventa y enriquece sus contenidos más allá
de los tradicionales temas salariales y de condiciones de trabajo. Pero, por otro lado,
también comporta un nuevo reto para los representantes de los trabajadores y sindicatos,
puesto que las contrapartidas pueden suponer congelación salarial o incluso merma en los
derechos laborales, cuando no incluso abrir una brecha y diferenciación en las
condiciones de trabajo entre trabajadores antiguos y nuevos contratados que acceden al
empleo con menos derechos laborales y salarios más bajos.
3.5 Políticas activas de empleo
La orientación global de la política de empleo, que ha caracterizado
más de una década, se ha mostrado limitada y perversa. No sólo porque ha hecho más
precario y vulnerable el propio estatus del empleo, sino también porque no ha servido
para coordinar y racionalizar el uso de las llamadas políticas pasivas por desempleo.
La respuesta a estas limitaciones en la políticas de empleo consiste
en un cambio de orientación. De modo que hoy estaríamos pasando de una política de
empleo de orientación macroeconómica a una política regional y local, que trata de
integrar las prestaciones sociales con objetivos de movilización de la fuerza de trabajo.
En otras palabras, trata de establecer una relación positiva entre empleo y protección
social. O sea, coordinar las políticas activas con las políticas pasivas. Es decir, el
objetivo gubernamental es hacer retornar a la actividad al desempleado, y no sólo ofrecer
una cobertura pasiva al desempleo. Estas políticas activas tratan de hacer hincapié en
los colectivos en situación precaria y más difícilmente integrables, como son los
mayores de 45 años, parados de larga duración, mujeres, jóvenes y minusválidos. En
este sentido, uno de los signos distintivos de la reorientación en materia de política
de empleo es la concepción integrada de políticas activas y pasivas. El otro signo
distintivo es una cierta tendencia a descentralizar territorialmente las iniciativas de
creación de empleo. Así, en el ámbito territorial, la posible generación de nuevo
empleo está asociada al desarrollo local y cuenta con la participación de sindicatos,
asociaciones empresariales e instituciones locales.
En otras palabras, parece configurarse una tendencia a lo que se ha
venido llamando meso-concertación en el ámbito local y territorial como un nuevo espacio
de interlocuación entre sindicatos, empresarios e instituciones locales (gobiernos
regionales, entidades comarcales e incluso municipales).
3.5.1 Principales líneas de las políticas activas
Las políticas de desarrollo local y el impulso de las políticas
activas de empleo consisten en la combinación de una serie de medidas interrelacionadas,
como son la promoción de iniciativas locales, la mejora de los sistemas de información
entre oferta y demanda en el mercado de trabajo, medidas fiscales, incentivos a la
inversión, búsqueda de nuevas formas de empleo y la mejora de la oferta de formación
profesional y ocupacional. Así se pone de relieve en distintas experiencias de ámbito
territorial.
a) Promoción iniciativas locales
En primer lugar, el gobierno central ha puesto en marcha, desde 1994, un programa de
promoción de iniciativas locales de empleo, que concede asesoramiento y subvenciones a la
puesta en funcionamiento de proyectos viables para pequeñas y medianas empresas. Estas
medidas están encaminadas a la revitalización de las economías locales y en particular
a la búsqueda de "nuevos yacimientos de empleo" asociados a las
características del territorio. En otras palabras, se trata de un enfoque desde abajo,
desde lo local, en lugar desde arriba y de forma centralizada como hasta ahora ha venido
siendo habitual.
En este sentido, las políticas activas de empleo están asociada a las
pequeñas y medianas empresas, a las cooperativas y sociedades anónimas laborales, a la
figura de los autónomos y trabajadores por cuenta propia. Estas políticas se han
concertado con la colaboración de sindicatos y empresarios, pero su eficacia real en
términos de generación de empleo es muy modesto.
b) Mejorar los sistemas de información y observatorios del
mercado de trabajo.
En segundo lugar, destaca una medida más o menos común en las distintas experiencias -y
sugeridas también por las autoridades centrales- consistente en mejorar los sistemas de
información entre oferta y demanda en el ámbito local, mediante el impulso de
observatorios de empleo a nivel territorial.
También en el ámbito territorial comienzan a emerger otras
experiencias de dinamización para la búsqueda de empleo. En este sentido adquiere
importancia, al menos como novedad, los "Clubs de Trabajo". Consiste en puntos
de reunión donde se ofrece información sobre ofertas de empleo, así como formación
dirigida a la presentación del curriculum y técnicas elementales de comunicación. La
información sobre la oferta de empleo se recoge y trabaja en equipo por los propios
demandantes. Estas tareas están coordinadas por un monitor y constituye una adaptación
de la experiencia británica de los Jobs Clubs.
Otra novedad en la intermediación es la institución de programas
personalizados de empleo para determinados colectivos de difícil inserción laboral; lo
que se plasma en el Plan Sipes (Servicio Integrado de Empleo) del Ministerio de Trabajo y
contempla la posibilidad de contratación incentivada o empleo subvencionado. La gestión
del Plan Sipes corre a cargo de los Ayuntamientos y se vincula con las Casas de Oficios,
cuya finalidad es compartir la formación de jóvenes -en oficios artesanales y
profesiones- con la reconstrucción de espacios de utilidad pública, tales como la
reconstrucción de edificios históricos, reparación de parques y jardines, etc.
c) Políticas fiscales e incentivos a la inversión.
La tercera línea de actuación es a través de las políticas fiscales, ayudas o
inversiones directas en las empresas e incluso imponiendo cuotas de inversión a las
entidades de ahorro para generar empleo y promover el desarrollo de sectores estratégico
para la economía regional. Así, se puede constatar la paradoja de un creciente
intervencionismo económico de los gobiernos regionales, al tiempo que se proclama desde
el gobierno central la no-intervención económica.
Asimismo, los gobiernos regionales vienen impulsando en los últimos
años otras líneas de actuación, como el desarrollo del comercio y la exportación.
d) Formación Profesional y Formación Ocupacional.
La cuarta vía de actuación, en materia de políticas activas, es a través de la
Formación Profesional y su reordenación, puesta en marcha en 1993-96. El criterio es
acercar más la FP a la demanda de las empresas, a las necesidades del mercado de trabajo.
Además de elaboración de un nuevo catálogo de títulos. Igualmente se ha planteado la
aprobación del repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad, cuyo objetivo es
coordinar y convalidar los títulos concedidos en los distintos subsistemas de FP para
facilitar la movilidad de la población activa.
Por otra parte, se pretende que la Formación Ocupacional juegue
también un papel importante como mecanismo de ajuste rápido entre oferta y demanda de
formación y reciclaje profesional. Especialmente en el ámbito local debido a su mayor
velocidad de ajuste respecto a la Formación Profesional Reglada.
También en el ámbito de lo local tiene una contribución formativa
las Escuelas-Taller y las Casas de Oficios, financiadas por el Plan SIPES y vinculadas a
los ayuntamientos. La actividad de estas instituciones locales está destinada
especialmente a colectivos de jóvenes con fracaso escolar, estudios inacabados y
dificultades de acceso al empleo.
ALGUNAS CONCLUSIONES
1. Primer escenario: En el período 1978-86 el método
hegemónico ha sido la concertación. Parece indiscutible que los pactos sociales,
siguiendo la metodología tripartita, han contribuido a encauzar y consolidar la
democracia en España. Especialmente en el sentido de lo que se podría denomina rituales
simbólicos y ceremonias de reconciliación nacional, de forma que los oficiantes han sido
los actores y el escenario de ceremonias el sistema de relaciones industriales. Pero ello
no debería hacer olvidar su eficacia económica, al menos en lo que se refiere a la
contención de la inflación.
En otras palabras, el "intercambio político" quizás han
tenido más significación en términos de legitimación política, que contenidos en
términos de contrapartidas sociales y económicas para las bases de representación de
los actores. Pero además, quizás sería inapropiado denominar esta experiencia de
concertación como neocorporatista.
2. Segundo escenario: En el período 1986-1990, se
relega el método de la concertación en favor del mercado. Dos elementos distinguirá la
política laboral: la moderación salarial y la flexibilización del empleo, materias que,
por cierto, también ha estado presentes en el contenidos de todos los pactos sociales.
Pero particularmente, desde mediados la década de los ochenta la
política de empleo se ha venido caracterizando por una progresiva flexibilización del
circuito del empleo. Esto es el acceso, la estancia y la salida. La política de
flexibilización en el acceso al empleo ha ido sucesivamente eliminando el principio de
causalidad en la contratación. A pesar de la flexibilización en el acceso al empleo, las
altas tasas de temporalidad han coexistido también con una alta tasa de desempleo. Es
decir, las distintas modalidades de contrato y la reducción de las cláusulas de
causalidad han sido insuficientes para crear empleo neto. Por el contrario, a la larga
esta política flexibilizadora mostrará sus efectos perversos sobre la economía.
3. Tercer escenario: En la década de los noventa, y
en particular con las reformas laborales de 1994 y 1997 se abre una tendencia
metodológica de signo opuesto a la primera: limitación en el contenido de los pactos, no
participación directa del gobierno en los mismos, disminución de la regulación del
mercado de trabajo, descentralización de la negociación colectiva y énfasis en las
políticas activas de empleo.
Los resultados de esta tendencia son aún poco conocidos. En principio
algunos estudios han apuntado el riesgo de dispersión en los contenidos de la
negociación colectiva. Lo que comportaría una posible ruptura de unos mínimos
principios de armonización de las condiciones de trabajo entre los distintos convenios
colectivos. En contrapunto, se corre el riesgo de acentuar las diferencias entre distintos
colectivos o segmentos de empleo. Cuestión que podrá redundar en un aumento de la
"balkanización" de la fuerza de trabajo en favor de particularismos. Y, en
cierto modo, abriría las puertas un nuevo tipo de sindicalismo
"microcorporatista" o en términos de "bussines unionism", que
acentuaría aún más las diferencias entre los distintos segmentos y colectivos del
mercado de trabajo.
Tampoco la evaluación de las políticas activas locales de empleo es
optimista. En primer lugar, esta nueva orientación en la política de empleo tiene
también sus límites y no constituye una panacea para resolver problemas que en el fondo
son de mayor envergadura. La primera dificultad es la falta de estructuración de los
agentes sociales en el territorio. Una de las constataciones más frecuente es la
debilidad asociativa del pequeño empresariado local, con escasa formación técnica y
profesional y una cultura paternalista de las relaciones laborales. Mientras que los
sindicatos, por su parte, carecen muchas veces carece de representación y estructura
organizativa consolidada en el territorio. Por consiguiente, esta falta de estructuración
implica simplemente que no hay interlocutores válidos y representativos para poder
comprometerse e impulsar los pactos locales y territoriales.
El segundo lugar, la falta de suficientes recursos financieros y
públicos para impulsar la inversión local. Y, en tercer lugar, hay que hacer constar la
debilidad de los instrumentos necesarios para el impulso del desarrollo local. Así, en el
ámbito territorial no se tiene las atribuciones ni se puede hacer uso de las políticas
monetarias expansivas, como ha sido tradicional desde los enfoques macroeconómicos de las
políticas de empleo. Otra dificultad es el limitado margen de uso que tienen las
políticas fiscales en el ámbito territorial, puesto que al fin y a la postre las
atribuciones sustantivas en fiscalidad corresponde a los gobiernos centrales. En todo
caso, las políticas locales quizás puedan tener un papel complementario con otras
políticas macroeconómicas. Tanto el Estado, como los gobiernos regionales están
seriamente limitados para potenciar el empleo. Quizás el impulso del empleo se tendría
que tomar desde otras instituciones supranacionales en el marco de la Unión Europea.
Montevideo, noviembre 1997