Auto de prisión
contra Augusto Pinochet
MADRID.- El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ha plasmado en un auto
de 18 folios los hechos y los argumentos jurídicos en los que basa su decisión de
ordenar prisión incondicional contra Augusto Pinochet. Este es su contenido:
HECHOS
PRIMERO.- El día 16 de octubre se dicta Auto de prisión cuyos hechos dicen:
UNICO.- De lo actuado se desprende que en Chile, desde septiembre de 1973, y al igual que
en la República Argentina a partir de 1976, se producen toda una serie de acontecimientos
y actividades delictivas cometidas bajo el manto de la más feroz represión ideológica
contra los ciudadanos y residentes de estos países. Para el desarrollo de las mismas se
siguen planes y consignas preestablecidas desde las estructuras de Poder, que tienen como
fin la eliminación física, la desaparición, secuestro, previa la práctica generalizada
de torturas de miles de personas, tal como se relata en el «Informe Rettig».
En el ámbito internacional se constata una coordinación que recibirá el nombre de
«Operativo Cóndor», en el que intervendrán diferentes países, entre ellos Chile y
Argentina, y que tiene por objeto coordinar la acción represiva entre ellos.
En este sentido, Augusto Pinochet Ugarte, a la sazón Jefe de las Fuerzas Armadas y del
Estado chileno, desarrolla actividades delictivas en coordinación con las autoridades
militares de Argentina entre los años 1976-1983 (periodo al que se extiende la
investigación en esta Causa) impartiendo órdenes para la eliminación física de
personas, torturas y secuestro y desaparición de otras de Chile y de diferentes
nacionalidades y en distintos países a través de las actuaciones de los Servicios
Secretos (DINA) y dentro del precitado «Plan Cóndor».
Entre estos casos se enumeran un total de setenta y nueve supuestos y, en concreto, sin
perjuicio de ampliar los hechos, el secuestro en Chile de Edgardo Enríquez Espinoza el 10
de abril de 1976. Desde este país es trasladado hasta los campos de concentración de
«El Olimpo», «Campo de Mayo», y «Escuela Mecánica de la Armada» (ESMA) en
Argentina, sin que posteriormente se hayan vuelto a tener noticias del mismo.
SEGUNDO.- En el contexto descrito, Augusto Pinochet Ugarte, nacido en Valparaíso (Chile)
el 25 de noviembre de 1915, con cédula de identidad chilena nº 1.128.923, aparece como
uno de los responsables máximos de la organización, y liderazgo, en coordinación con
otros responsables militares o civiles de otros países, entre ellos, y, en forma
principal Argentina, de la creación de una organización internacional, que concibió,
desarrolló y ejecutó un plan sistemático de detenciones ilegales (secuestros),
torturas, desplazamientos forzosos de personas, asesinatos y/o desaparición de numerosas
personas, incluyendo ciudadanos de Argentina, España, Reino Unido, Estados Unidos, Chile
y otros Estados, en diferentes países con la finalidad de alcanzar los objetivos
políticos y económicos de la conspiración, exterminar a la oposición política y
múltiples personas por razones ideológicas, a partir de 1973 y que coincide en el tiempo
con los acontecimientos similares acaecidos en Argentina a partir de 1976 y 1983. Asimismo
ha de resaltarse que además de los casos que se enmarcan en este auto, también existen
otros, que, aun habiendo acontecido en fechas anteriores, integrarían la misma dinámica,
y, perduran en sus efectos al tratarse de personas cuyo paradero todavía se desconoce.
TERCERO.- Los casos concretos y que conforman el objeto concreto de la imputación contra
Augusto Pinochet Ugarte hasta este momento, y, sin perjuicio de su ampliación, asciende a
noventa y cuatro:
1º. Edgardo Enrique Espinoza que se cita en el anterior auto de prisión, militante
destacado del MIR y hermano del fallecido Secretario General de dicho Partido, es
secuestrado el 10 de abril de 1976 en Buenos Aires (Argentina) cuando por la tarde salía
de una reunión de la Junta Coordinadora Revolucionaria. Es ingresado sucesivamente en los
campos de concentración argentinos El Olimpo, Campo de Mayo y a la Escuela Mecánica de
la Armada (ESMA), cerca de aquella capital. Según la Comisión Rettig esta persona que
gozaba de la protección de ACNUR, fue trasladado desde los recintos de detención
argentinos a Villa Grimaldi en Santiago, sin que posteriormente se haya vuelto a tener
noticias suyas. En unión de éste es detenida y permanece desaparecida la ciudadana
brasileña Regina Marcondes y varias personas más. En fecha 23 de diciembre de 1975, o
sea cuatro meses antes de su captura, la DINA ya tenía tendido el cerco alrededor del
alto dirigente del MIR y de varias personas más, ordenando a sus agentes en el extranjero
su traslado a Chile, después de capturarlos. Asimismo se confecciona un télex que da la
misión por cumplida. La DINA dependía directamente de Augusto PINOCHET UGARTE.
2º. El 3 de abril de 1976 Luis Gonzalo MUÑOZ VELASQUEZ, ex-secretario de la Sección
Local del Partido Socialista en San Bernardo del PS y candidato a Regidor, Juan Humberto
HERNANDEZ ZASPE, ex-presidente de la Federación de Estudiantes Industriales y Técnicos
(Feitech), y Manuel Jesús TAMAYO MARTINEZ, sociólogo, dirigente socialista, quien
trabaja estrechamente con los miembros del Comité Central de su Partido, teniendo el rol
de «enlace» entre Carlos Lorca, Ricardo Lagos, también desaparecidos, y otra fracción
socialista, fueron detenidos junto a otros chilenos en la vía pública, en Mendoza.
Los tres eran amigos y habían llegado a la Argentina en el transcurso del año 1974,
abandonando Chile donde estaban perseguidos por razones políticas trabajaban juntos en la
empresa Modernflood de Mendoza y estaban a cargo de reorganizar una coordinadora
socialista participando en actividades de la denominada Comisión de consenso del PS.
En el operativo militar participaron fuerzas conjuntas de la Policía Federal Argentina y
agentes de la DINA.
Los tres detenidos fueron trasladados por tierra desde Mendoza hasta Villa Grimaldi, a
fines del mes de abril de 1976.
3º. El 15 de abril de 1976, fueron detenidos en Buenos Aires, los estudiantes y
militantes del MIR Frida Elena LASCHAN MELLADO, casada con el estudiante argentino Miguel
Angel ATHANASIU JARA y su hijo recién nacido Pablo ATHANASIU LASCHAN.
La joven pareja había abandonado Chile después del 11 de septiembre de 1973, luego de
que Frida Laschan funcionaria de la CORA en Lautaro, fue detenida por carabineros de esa
ciudad y procesada por la Fiscalía Militar. Ambos sintieron temor y vigilancia en
Argentina.
La Comisión estableció que esta pareja y su hijo fueron víctimas de desaparición
forzada en Argentina, en violación de sus derechos humanos, en el cuadro de la situación
antes dicho.
4º. El dos de julio de 1976 fue detenido en La Paz, Bolivia, el contador agrícola Julio
del Tránsito VALLADARES CAROCA. Fue entregado, conjuntamente con otros chilenos, por las
autoridades bolivianas a las autoridades chilenas en la frontera de Charaña el 13 de
noviembre de 1976, fecha en la cual se le perdió el rastro. El Ministerio del Interior
reconoció la detención del afectado, aunque requerido por el Tribunal, se negó a
proporcionar las identidades de los agentes que le detuvieron por «razones exclusivas de
seguridad».
5º. En la madrugada del 16 de julio de 1976, miembros del Ejército Argentino, detuvieron
en su departamento de la calle Córdoba en Buenos Aires al matrimonio formado por
Guillermo TAMBURINI y María Cecilia MAGNET FERRERO. El, médico de nacionalidad
argentina, militante del MIR, radicado en Chile durante varios años, había huido de la
represión desatada con posterioridad al 11 de septiembre de 1973. Ella, chilena militante
del MAPU y socióloga, había llegado a Buenos Aires a fines de 1973. En la detención
Guillermo Tamburini resultó herido de bala.
6º. El día 27 de julio de 1976, 25 días después de llegar a Argentina, Luis Enrique
ELGUETA DIAZ fue detenido junto con su compañero y la hermana de ésta, ambas de
nacionalidad argentina. El se había refugiado en ese país, después de haber sido
expulsado de la Escuela de Música de la Universidad de Chile debido a su conocida
participación en el MIR de Santiago.
Antes de viajar dejó a un amigo la dirección de un pariente donde se alojaría en la
capital Argentina. Su amigo, Sergio Fuenzalida, fue detenido en Santiago por la DINA el 28
de junio de 1976, junto a otras seis personas, todas las cuales se encuentran
desaparecidas.
ANIQUILACION
La Comisión Rettig establece que la víctima, intensamente buscada en Chile después del
operativo de la DINA que aniquiló el grupo de sus amigos en Santiago, fue puesto a
disposición de agentes de la DINA en Buenos Aires.
7º. En julio de 1976 desaparece Miguel Ivan ORELLANA CASTRO, de 27 años, militante del
MIR, quien estaba exiliado en Cuba. La desaparición se produjo cuando la víctima se
dirigía a Buenos Aires clandestinamente a una reunión política.
8º. El 24 de septiembre de 1976, fue detenida en el centro de Buenos Aires, la
institutriz Rachel Elizabeth VENEGAS ILLANES, militante del MIR desde ese momento no se ha
vuelto a saber de ella. Había sido procesada por la Fiscalía Militar de Victoria y
condenada a un largo arresto domiciliario, luego del cual abandonó Chile. Estando en
Buenos Aires obtuvo visa para viajar a Holanda pocos días antes de su detención.
9º. En julio de 1976 fue detenido Patricio BIEDMA SCHADEWALDT, el último de los líderes
del MIR vinculado a la Junta Coordinadora Revolucionaria que habían detectado los
órganos de seguridad.
De nacionalidad argentina pero con residencia definitiva en Chile desde 1968, el
sociólogo Patricio Biedma volvió a Argentina, posteriormente al 11 de septiembre de
1973, debido a la persecución política de la cual fue objeto en Chile. Mantuvo su
actividad política al interior del MIR chileno, trabajando junto a los máximos líderes
de este movimiento.
Se ha acreditado que Patricio Biedma fue detenido en un registro «tipo rastrillo» en
julio de 1976, en Buenos Aires y llevado a varios recintos, entre los cuales «Automotores
Orletti» dependiente del SIDE -organismo de seguridad con el cual la DINA mantenía
estrechas relaciones-. En dicho recinto, Patricio Biedma fue interrogado por un militar
chileno, lo que consta en varios testimonios de detenidos argentinos.
La suerte final del sociólogo debe ser relacionada con la de Edgardo Enríquez y Jorge
Fuentes. Durante su cautiverio Patricio Biedma comunicó a un testigo su aprehensión de
que sería trasladado a Chile.
10º. El 3 de agosto de 1976 fue detenido en San Bernardo, ante testigos, el militante
comunista Eduardo Enrique HERNANDEZ CONCHA, desconociéndose los recintos en los cuales
permaneció recluido y su suerte posterior a la detención.
11º. El 10 de enero de 1977, José Luis APPEL DE LA CRUZ fue secuestrado por un grupo de
civiles armados, en plena vía pública de la ciudad de Cipolletti, provincia de Neuquen,
Argentina, ante los ojos de su cónyuge, Carmen Angélica DELARD CABEZAS y de su hija.
Carmen Delard desapareció en la comisaría de esa ciudad al hacer la denuncia de la
desaparición de su cónyuge.
12º. El 17 de enero, una semana más tarde, su hermana Gloria Ximena DELARD CABEZAS fue
detenida en su domicilio de Buenos Aires junto a su cónyuge Roberto CRISTI MELERO y sus
dos hijos. Gloria Delard estaba embarazada de su tercer hijo. La patrulla de agentes de la
Policía Federal los trasladó a la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA), recinto en el
que desaparecieron.
Las dos hermanas Carmen y Gloria Delard eran estudiantes y militares del MIR de la
Universidad de Concepción. Perseguidos en Chile después del 11 de septiembre de 1973,
aceptaron el ofrecimiento de un amigo de la familia, ex coronel de Ejército, de ayudarles
a cruzar la frontera chileno-argentina, instalándose en Neuquen y Buenos Aires
respectivamente.
De los antecedentes se desprende que en la captura del dirigente del MIR participaron
tanto los servicios de inteligencia argentinos, que dieron los datos del pasaporte falso
de Jorge Fuentes.
Existen testimonios múltiples y coincidentes sobre la permanencia de Jorge Fuentes en
Villa Grimaldi donde se le hicieron algunas curaciones para tratar la sarna al mismo
tiempo que le seguían torturando y sometiendo a un trato degradante.
13º. El 6 de abril de 1977 el ex Director de Aeronáutica de la FACH, Jorge SAGAUTA
HERRERA, de 51 años, fue detenido por fuerzas de seguridad argentinas en el domicilio de
un amigo suyo en Buenos Aires. Al encontrársele durante el registro domiciliario un
listado de los presos políticos chilenos, fue llevado por los agentes que lo hicieron
desaparecer.
14º. El 16 de mayo de 1977 fue arrestado en Buenos Aires el estudiante chileno-suizo,
Alexei Vladimir JACCARD SIEGLER, quien había llegado a ese país el día anterior, en
escala del viaje que debía continuar hacia Chile al día siguiente.
Según antecedentes proporcionados a la Comisión, Alexei Jaccard traía consigo dinero
que debía interesar en Chile.
En el mismo operativo fueron detenidos Ricardo Ignacio RAMIREZ HERRERA, encargado de la
organización y finanzas del Partido Comunista de Chile en Buenos Aires, y Héctor Heraldo
VELASQUEZ MARDONES, también militante comunista chileno. Los agentes chilenos y
argentinos capturaron en un mismo día a los tres ciudadanos chilenos y a cinco argentinos
miembros del Comité de Solidaridad con Chile en Argentina, que albergaban a los
detenidos. Los ocho están hasta hoy desaparecidos.
Alexei Jaccard es detenido en la vía pública y trasladado a un recinto de la Policía
Federal Argentina donde será interrogado y luego transferido a la Escuela Mecánica de la
Armada (ESMA) de Buenos Aires.
El papel especialmente activo que jugaron la DINA y el Gobierno de Chile en esta caso
comienza con el triple arresto ilegal en territorio extranjero bajo la complicidad de los
servicios de seguridad argentinos, y termina con la entrega de falsa información a los
diplomáticos suizos abocados a la búsqueda de un nacional helvético.
En cuanto a Ricardo Ramírez la Policía Internacional de Chile informó falsamente al
Ministerio de Relaciones Exteriores Argentino sobre los supuestos viajes de la víctima,
en los años 1977 a 1983. Tal información había sido solicitada a dicha repartición por
los Tribunales de la República Argentina. Otro informe enviado por la Policía a esta
Comisión, concordante con los hechos reales, muestra que la víctima sólo viajó desde
Santiago a Alemania en marzo de 1976, fecha en que logró salir en calidad de exiliado
político para radicarse en Hungría.
FALSOS DOCUMENTOS
Con posterioridad a la triple detención en Buenos Aires de los militantes comunistas
chilenos, los organismos de seguridad chilenos y argentinos desplegaron un arsenal de
falsos documentos e informaciones para cubrirse mutuamente frente a la presión del
gobierno suizo que insistía en conocer lo sucedido a un nacional en tránsito.
15º. El 23 de mayo de 1977 fue detenido Humberto CORDANO LOPEZ, enfermero, miembro del
PC, exiliado en Comodoro Rivadavia después del 11 de septiembre de 1973. La víctima fue
detenida el día ya indicado en las cercanías del Hotel Céntrico de Comodoro Rivadavia.
Miembro del Comité Argentino de Solidaridad con Chile en esta provincia, Humberto Cordano
había realizado gestiones en favor de detenidos chilenos a raíz de lo cual fue seguido
en forma notoria por agentes de la DINA en esta ciudad argentina.
16º. El 19 de mayo de 1977 fue detenido junto a su cónyuge Oscar Lautaro HUERAVILO
SAAVEDRA, de 23 años, empleado, sin militancia conocida, joven chileno radicado en Buenos
Aires casado con una nacional argentina, Mirta Mónica ALONSO, embarazada de seis meses.
Ese niño nació en cautiverio siendo recuperado por su abuela. El matrimonio
desapareció.
17º. El 29 de mayo de 1977 fue detenido a la llegada del vuelo en que se desplazaban
entre Santiago y Buenos Aires, antes de pasar el control de Policía Internacional el
matrimonio chileno formado por Matilde PESSA MOIS y Jacobo STOULMANN BOERTNIK, sin
militancia ni vinculaciones de tipo político. Posteriormente a su detención se encontró
registrado en el Hotel Winston Palace de Buenos Aires, en esa época, usado por los
servicios de seguridad de Argentina.
18º. El 19 de mayo de 1977 fue detenido José Liberio POBLETE ROA, miembro de la
comunidad «Cristianos por el Socialismo», junto a su cónyuge de nacionalidad argentina
y su hija de ocho meses Claudia POBLETE HLACZIK. El matrimonio y su hija desaparecieron,
existiendo testimonios que indican su estadía en los centros de detención de el Banco y
El Olimpo en Buenos Aires, perdiéndose allá su rastro a mediados de 1979.
19º. El 11 de septiembre de 1977 fue detenido en el barrio Quilmes, Buenos Aires,
Argentina, Cherif Omar AINIE ROJAS, estudiante de química en la Universidad de esta
ciudad, quien estaba radicado en Argentina desde su infancia. Al día siguiente, efectivos
de las Fuerzas Armadas Conjuntas registraron su domicilio, llevando la cédula de
identificación de la víctima.
20º. El 10 de enero de 1978 fue detenido por efectivos policiales argentinos Guido Arturo
SAAVEDRA INOSTROZA, estudiante de la Universidad de Buenos Aires y empleado en Textil
Gloria. Hasta esta fecha se encuentra desaparecido.
El joven universitario había salido de Chile con posterioridad al 11 de septiembre de
1973, después de haber sido detenido en la Universidad Federico Santa María de
Valparaíso. Los antecedentes a disposición de la Comisión Rettig permitieron establecer
que Guido Saavedra fue objeto de una detención ilegal y desaparición, cometida fuera del
territorio nacional por agentes del Estado de Chile o con su participación. Asimismo se
constata el alto grado de comunicación existente entre los servicios de seguridad
argentinos y chilenos a la fecha.
21º. En 1978 fueron detenidos en Buenos Aires los ciudadanos chilenos Raúl TAPIA
HERNANDEZ, Jaime Nury RIQUELME GANGAS y Luis ESPINOZA GONZALEZ. Se trata de exiliados que
trabajaban legalmente en Argentina y que desaparecieron en el contexto antes referido.
22º. En abril de 1978 desapareció Carlos Patricio ROJAS CAMPOS, militante comunista,
quien había sido perseguido en Calama y Tocopilla hasta el año 1977, fecha en que se
refugió en Buenos Aires, manteniendo un contacto epistolar regular con su familia en
Chile. Desde la fecha indicada no se han tenido noticias suyas.
23º. El 26 de julio de 1978 desapareció en Argentina Cristina Magdalena CARREÑO ARAYA,
militante comunista. Había llegado a ese país desde Hungría a principios de ese mes. El
día 24 del mes reveló ante la oficina del CEAS, repartición de la Iglesia Católica que
trabajaba en coordinación con ACNUR, en la Capital Federal, sentirse perseguida y
solicitó el estatus de refugiada.
24º. El 27 de enero de 1979 Oscar Orlando OYARZUN MANZO, militante del PC de Chile,
refugiado en Argentina desde 1974, fue secuestrado por agentes de civil y muerto en las
cercanías de Buenos Aires.
25º. El 19 de febrero de 1981, fueron detenidos en la frontera chileno-argentina en el
sector de Paimún, José Alejandro CAMPOS CIFUENTES, estudiante de enfermería y Luis
QUINCHAVIL SUAREZ, ex dirigente mapuche, ambos militantes del MIR, quienes intentaron
regresar a Chile clandestinamente, en la denominada «Operación Retorno». Ellos habían
sido condenados anteriormente por Consejos de Guerra a penas privativas de libertad, que
les fueron conmutadas por extrañamiento en el año 1975, por lo que tenían prohibición
de ingreso al territorio nacional.
Los antecedentes que se conocieron sobre estos hechos, relacionados con los operativos de
la CNI dieron como resultado la desarticulación de actividades guerrilleras en el sector
de Neltume en el año 1981, condujeron a la Comisión a establecer que José Campos y Luis
Quinchavil fueron detenidos por gendarmes argentinos en la frontera, quienes los pusieron
a disposición de agentes de seguridad nacionales, en manos de quienes desaparecieron.
CUARTO.- Asimismo las once personas siguientes de nacionalidad chilena fueron detenidos
ilegalmente y aún permanecen desaparecidos:
-Nelson Martín Cabello Pérez, 23 años, detenido el 9 de abril de 1976 en La Plata,
Argentina, junto con su esposa y su cuñado.
-Oscar Julián Urra Ferrarese, 24 años, detenido a las 13.30 horas del día 22 de mayo de
1976, en Buenos Aires, Argentina, junto con su esposa. En el operativo participó personal
de la Aeronáutica Argentina. La pareja fue llevada a la cárcel de Campo de Mayo, y desde
allí trasladada al penal militar de Magdalena. Ahí se pierde su rastro.
-Rafael Antonio Ferrada, 49 años, detenido el 3 de agosto de 1976 en su domicilio en San
Martín, provincia de Buenos Aires, Argentina. Su detención fue denunciada ante el
Juzgado número 2 de San Martín sin obtener respuesta.
-José Francisco Pichulmán Alcapán, 20 años, detenido el 12 de agosto de 1976 en su
domicilio en Neuquén (Argentina) por un grupo de militares. Según testimonios fue visto
por última vez por un guardia en el recinto de la localidad de Río Mayo.
-Juan Raúl Pichulmán Alcapán, 24 años, detenido el 27 de enero de 1977, en su
domicilio, en la localidad de J.J. Gómez en Río Negro (Argentina), junto con su esposa
por efectivos del ejército, integrado por un grupo de 20 a 30 personas que dijeron
pertenecer a las «fuerzas conjuntas».
-Nelson Flores Ugarte, 28 años, detenido el 18 de febrero de 1977 en su domicilio, en
Buenos Aires, por un grupo de individuos fuertemente armados. La detención de este
ciudadano chileno no fue nunca reconocida por las autoridades argentinas, se desconoce su
paradero.
-María Isabel Navarrete, 24 años, fue detenida el 17 de mayo de 1977 a la salida de la
Facultad de Medicina de La Plata.
-Reinaldo Miguel Pinto Rubio, 23 años, detenido el 19 de junio de 1977 en Buenos Aires
por un grupo de individuos. Opuso resistencia al secuestro pero fue tiroteado y conducido
a la Comisaría de Claypole.
-María Angélica Pinto Rubio, 21 años, vista por última vez en Buenos Aires el 10 de
febrero de 1977. Aparentemente su detención estuvo vinculada con la de su hermano.
-José Luis de la Maza Asquet, 27 años, detenido el 1 de noviembre de 1977 en la vía
pública en ciudad de Tucumán (Argentina) y desapareció. No se ha podido determinar su
paradero.
-Juan Adolfo Coloma Machuca, detenido el 11 de diciembre de 1978 en Buenos Aires, junto a
su esposa. Juan Adolfo Coloma, a quien llamaban Hernán fue visto en el campo de
prisioneros de El Olimpo a fines de 1979.
QUINTO.- Asimismo fueron secuestrados en el mismo esquema organizado de eliminación
física diseñado, entre otros por Augusto Pinochet Ugarte las siguientes personas:
AÑO 1976
-María Eliana Acosta Velasco, de 34 años de edad, de nacionalidad chilena, fue detenida
en La Plata Argentina el 28 de septiembre e internada en los Centros de detención
clandestinos conocidos como «BIM-3» y «ARANA» y desaparecida en enero de 1977.
-Luis Adolfo Jaramillo, de 42 años, desaparecido el 26 noviembre, Quilmes, Argentina.
-José Heriberto del Carmen Leal Sanhueza, de 25 años de edad, soltero, estudiante
universitario, desaparecido probablemente en Córdoba, Argentina.
-Luis Guillermo Guzmán Osorio, de nacionalidad chilena, que desapareció en Argentina y
que aparece registrado en los listados de la Asamblea permanente de Derechos Humanos de
ese país.
-Enrique Lomas Pontigo, desaparecido el 24 de mayo, en Buenos Aires, desaparición que
aparece registrada en ACNUR-Argentina.
-Luis Arnaldo Zaragoza Olivares, empleado, detenido en Argentina el 17 de agosto,
Argentina, desaparecido desde esa fecha según consta en las listas de la CONADEP y APDH
de dicho país.
-Gaspar Medina Medina, de 42 años, detenido el 9 de septiembre en Futaleufú, Argentina,
su desaparición aparece registrada en la Asamblea Permanente de Derechos Humanos y en el
CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales de Argentina).
-René Alejandro Moscoso Espinoza, fotograbador, detenido el 15 de septiembre en la
fábrica donde trabajaba GRAFFA S.A. de Buenos Aires, Argentina, según consta en los
Registros de la Asamblea Permanente Derechos Humanos y CONADEP.
-Salvador Cubillos Maturana, detenido el 10 de noviembre de Buenos Aires, Argentina y
desaparecido en esa fecha según consta en los listados de la APDH de Argentina.
-Nora Mardikiand, de nacionalidad argentina, casada con el chileno Nelson Cabello,
permanece desaparecida.
-Susana Ossola, ciudadana argentina, casada con el chileno Oscar Urra y embarazada en el
momento de la detención, permaneciendo hasta la fecha desaparecida.
-Clara Haydeé Fernández, de nacionalidad argentina, casada con el chileno Luis Elgueta,
permanece desaparecida desde la fecha de secuestro de su marido.
-Cecilia María Fernández, de nacionalidad argentina, cuñada del chileno Luis Elgueta y
desaparecida desde la misma fecha que éste.
-Esteban Badell, argentino, casado con la chilena M. Eliana Acosta, permanece desaparecido
desde la misma fecha que ésta.
-Julio Badell, hermano del anterior y permanece desaparecido desde la misma fecha que
éste.
AÑO 1977
-Carmen Angélica Delard Cabezas, 24, 10 de enero, Cipolletti, Argentina.
-María Eugenia Escobar Silva, desaparecida el 18 de febrero en Buenos Aires, Argentina.
-Daniel Tapia Contardo, de 26 años, detenido en el 26 de marzo en Buenos Aires,
Argentina, según aparece en la APDH y la CONADEP.
-Hernán Leopoldo Caballero, de 26 años, detenido el 26 de marzo en Buenos Aires,
Argentina. Según datos de la APDH y la CONADEP.
-Gastón Riquelme Cifuentes, detenido 5 de junio, Argentina.
-Norma Riquelme Cifuentes, detenida 5 de junio, Argentina. Según registros de APDH y
CONADEP.
-Hernán Artemio Rojas Fajardo, albañil, detenido el 7 de junio en Mar del Plata,
Argentina, desde cuya fecha permanece desaparecido, según los registros APDH y CONADEP.
AÑO 1978
-Luis Alfredo Espinoza González, de 25 años, detenido 3 de diciembre en Mendoza,
Argentina, desde cuya fecha permanece desaparecido.
-Eduardo Kurt Fuentes, detenido en enero en Argentina, según los listados de APDH.
-Ester Elena Jiménez Torrealba, desaparecida en enero en Argentina, según registros
ACNUR, desde cuya fecha permanece desaparecido.
-Rafael Eduardo Ulloa Sánchez, detenido en Argentina el 12 de junio, desde cuya fecha
permanece desaparecido.
-Rubén Gómez Quesada, periodista, detenido el 30 de diciembre en Salta, Argentina, desde
cuya fecha permanece desaparecido según consta en la APDH.
-Susana Larubia, detenida el 11 de diciembre en Buenos Aires y desaparecida desde
entonces.
AÑO 1979
-Juan Antonio Rodríguez, chileno, detenido el 8 de enero en Mar del Plata, Argentina,
desde cuya fecha permanece desaparecido.
-Sylvia Lilian Almendras Zapata, desaparecida en Argentina.
-Santiago Pedro Astelarra, desaparecido en Argentina.
-Yolanda Barria Santana, desaparecida en Argentina.
-Omar José Ojeda Mera, desaparecido en Argentina.
-Mario Juan Villa Colombo, desaparecido en Argentina.
-Ricardo Lancelot Carvajal Vargas, desaparecido en Argentina.
-Gary Nelson Olomos Guzmán, desaparecido en Argentina.
-José Fernando Fanjul Mallea, desaparecido en Argentina.
-Silvia Teresa Marrambio Silva, desaparecida en Argentina.
-Angel Manuel Martínez Fernández, desaparecido en Argentina.
-Luisa Aurora Arredondo Fernández, desaparecida en Argentina.
RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO.- Los hechos relatados en esta resolución podrían ser constitutivos respecto del
imputado Augusto Pinochet Ugarte, de un delito de genocidio, que se integra por una serie
de detenciones ilegales seguidas en unos casos de asesinato o desapariciones de las 91
personas víctimas que se relacionan, y, que según los testimonios y datos obrantes en la
causa fueron precedidos de torturas en cada uno de los casos; delito tipificado en el
artículo 607 del Código Penal, en relación con el artículo 139 (asesinato), 163 y 166
y 167 (detención ilegal y secuestro), todos del Código Penal; de un delito de terrorismo
de los artículos 515, 516.2, 571, 572 y 577 del Código Penal; de delitos de torturas del
artículo 174 del Código Penal; todos éstos estaban tipificados como delitos en el
Código Penal vigente en el momento de ocurrir los hechos.
Asimismo, la calificación jurídico-penal de los hechos se apoya en las normas de
carácter internacional siguientes:
a) La Declaración de Moscú de 1943, suscrita por el Reino Unido de Gran Bretaña, EEUU y
la Unión Soviética sobre crímenes contra la Humanidad.
b) El Estatuto del Tribunal de Nüremberg de 1945, suscrito por el Reino Unido.
c) La resolución de 16 de diciembre de 1946 de la Asamblea General de Naciones Unidas
aprobando los principios de los Estatutos y de la Sentencia de Nüremberg.
d) El Convenio de las Naciones Unidas de 9 de diciembre de 1948 contra el genocidio.
e) El Pacto de derechos civiles y políticos de las NNUU de 16 de diciembre de 1966.
f) La resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas de diciembre de 1973 sobre
persecución de crímenes contra la Humanidad.
g) La Convención contra la tortura de NNUU de 10 de diciembre de 1984.
h) La Declaración de la Asamblea General de NNUU sobre la desaparición forzada de
personas de 1992.
i) El Convenio Europeo sobre Represión del Terrorismo de 27 de enero de 1977.
Según tales disposiciones, aplicables en el Reino Unido, los crímenes de esta naturaleza
son imprescriptibles, sus responsables no disfrutan de inmunidad diplomática ni pueden
obtener estatuto de refugiado ni asilo político, y todos los Estados del Mundo están
obligados a perseguirles y a colaborar en la persecución que de tales crímenes hagan
otros Estados.
SEGUNDO.- Tal como consta acreditado, se crea una organización armada, aprovechando la
estructura militar y la usurpación del poder para, con impunidad, institucionalizar un
régimen terrorista que subvirtió en sí mismo el orden constitucional para desarrollar
con eficacia el plan de desaparición y eliminación sistemática de miembros de grupos
nacionales, imponiéndoles desplazamientos forzosos, secuestros, torturas, asesinatos y
desapariciones, aprovechando la ayuda y coordinación con otros países, en particular
Argentina.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
la jurisdicción española es competente para tramitar el Procedimiento, tal como está
establecido en los Autos de 28 de junio de 1996, 25 de marzo y 11 de mayo de 1998 y en el
de 16 de octubre de 1998, de admisión de querella. Por ello, y en atención a la gravedad
de los hechos que se imputan y la situación del querellado, que se encuentra fuera del
alcance de la jurisdicción española, procede acordar la prisión provisional
incondicional de AUGUSTO PINOCHET UGARTE, al amparo de lo dispuesto en los artículos 503,
504 y 539 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en relación a lo preceptos penales
citados, por lo que se librarán las correspondientes órdenes de búsqueda y captura
internacionales para proceder a su detención a efectos de extradición.
Resulta evidente que al no hallarse el imputado a disposición de este Juzgado no puede
celebrarse la Audiencia prevista en el artículo 504 bis 2 de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal, teniendo por tanto el Juez potestad para decretar la prisión como única medida
para impulsar adecuadamente la instrucción y posibilitar que aquél comparezca ante la
Autoridad Judicial.
Por lo expuesto y vistos los artículos citados y demás de general aplicación
DISPONGO
Ampliar la prisión provisional incondicional de AUGUSTO PINOCHET UGARTE por los hechos
descritos en esta resolución que integran los presuntos delitos de genocidio, terrorismo
y torturas, en relación con el Auto de Prisión de fecha 16.10.98 dictado contra el
mismo.
Librar urgentemente orden internacional de detención ante las Autoridades Judiciales
Británicas para su incorporación a la de 16.10.98, de la que es ampliación, dictada
contra el mencionado Augusto Pinochet Ugarte.
|