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Publicado en
El Observador
(04.05.00)


Advertencia de una Jueza civil ante la inminente entrada en vigencia de la nueva ley

Obligación de informar al consumidor


Empresas deberán divulgar lo nocivo del cigarrillo, de los productos transgénicos y del uso de hormonas; las administradoras de tarjetas de crédito cambiarán el texto de los contratos



por Walter Pernas de la redacción de El Observador


A partir del 1 de julio entrará a regir una ley (la número 17.189) que obliga a las compañías tabacaleras a informar que el cigarrillo provoca cáncer de pulmón, a las firmas que provean pollos les impone comunicar si esos animales fueron engordados en base a hormonas, y a las empresas que elaboren productos con componentes modificados genéticamente les exige que lo aclaren públicamente a fin de que el consumidor opte si acepta los eventuales riegos para su salud, dijo a El Observador la jueza en lo Civil, Dora Szafir. La magistrada fue la asesora por la Facultad de Derecho en la redacción de la norma que fue aprobada por el Parlamento en setiembre de 1999.


EMPRESAS OBLIGADAS

"No se sabe exactamente cuáles son las consecuencias perjudiciales del producto transgénico, pero la Comunidad Económica Europea acaba de prohibir el ingreso de esos productos. En Brasil está prohibido. Acá (se vende) el jugo ADES (que) se produce con soja transgénica. Toda la soja que utiliza (la empresa argentina) Monsanto, es transgénica", sostuvo la jurista. Según Szafir, "hay una gran cantidad de productos que se elabora en base a soja transgénica y acá en Uruguay no se informa".

La empresa IMSA, importadora de jugos ADES, dijo a El Observador que ese producto no se elabora con soja transgénica.

La jueza citó el artículo 8° de la ley: "Los productores de servicios peligrosos o nocivos para la salud o seguridad deberán informar en forma clara y visible sobre su peligrosidad o nocividad (...)". En los productos industriales, la información deberá "acompañar siempre al producto", señala la norma.

"Hay un montón de ingredientes que no sabemos qué tipo de daño pueden llegar a causar: las hormonas de los pollos, los conservantes, los saborizantes", dijo la jueza. Al ser consultada sobre si las empresas que proveen pollos engordados en base a la aplicación de hormonas deberán comunicar cuál es el proceso del producto, indicó: "Si hay un posible riesgo a la salud por el uso de hormonas debe informarse porque de lo contrario, si se produce daño, después se tendrá que atener a las consecuencias". Añadió que, según algunos técnicos, "la alimentación a través de hormonas trae problemas de salud". "No es que se le prohíba al proveedor ofrecer el producto en el mercado, pero que el que consuma sepa que tiene ciertos riesgos a fin de poder decidir si los quiere asumir. No existe una elección libre si no se conoce lo que se consume", aseveró.

Según la jueza, las empresas que venden cigarrillos tendrán que informar que consumir ese producto "puede producir cáncer de pulmón, bronquitis y el riesgo que corre la embarazada si fuma". "Hoy la gente sabe que el cigarrillo lo perjudica; lo consume a sabiendas (de que es nocivo), pero no se informa exactamente qué riesgos se corren. Eso va a tener que modificarse" una vez que comience a regir la ley, indicó.

La jurista señaló que las cláusulas de los contratos que se firman a fin de utilizar una tarjeta de crédito "son engorrosas para leer" y que "mucha gente no tiene capacidad de entenderlas". Por ello, sostuvo que a partir de la vigencia de la ley, habrá que emplear "un lenguaje entendible para el sujeto al cual está destinado", y el contrato deberá ser "ajustado" al sencillo acto de adquirir una "simple tarjeta".

"Las tarjetas nos permiten comprar sin pagar en efectivo; luego nos envían un resumen de cuenta, en el que figura un ítem que dice: pago contado $ 1.000, pago mínimo $ 500. El consumidor paga $ 900 y entiende que financia sólo $ 100, que es lo que le resta por abonar. Pero no es así", dijo. Aclaró que "los intereses corren por los $ 1.000 porque, según surge de la explicación del contrato de las tarjetas, me financian toda la cantidad desde que compré el producto".

"Sólo si abono al contado, por ser buena pagadora, me perdonan o bonifican esos intereses desde que realicé la compra hasta la fecha del pago. Esto va a tener que cambiar; la ley del consumidor indica que esto es abusivo", subrayó.
En otro orden dijo que en un lugar dispuesto para el ingreso del público "no alcanza con colocar un cartel que diga: 'La casa se reserva el derecho de admisión'. Se debe exponer las condiciones de la limitación, no se puede restringir el ingreso de alguien porque su cara no gusta". La jueza dijo además que, de acuerdo a la ley que entra a regir en julio, "ya no se podrá presentar una oferta diciendo que es válida hasta agotar el stock" del producto ofrecido.
"Puede suceder que se comunique la oferta es por cinco días y por ser tan buena la promoción el producto se termine a los dos días. En ese caso se deberá usar el mismo medio para comunicar que se revocó la oferta", señaló Szafir.


SANCIONES

La norma establece que el Ministerio de Economía, a través de la Dirección General de Comercio, será "la autoridad nacional de fiscalización del cumplimiento de la presente ley". Las infracciones se calificarán como "leves, graves y muy graves" atendiendo los criterios de "riesgo para la salud del consumidor, la posición en el mercado del infractor, la cuantía del beneficio, el grado de intencionalidad, la gravedad de la alteración social producida, la generalización de la infracción y la reincidencia". Las multas serán de entre 20 y 4.000 unidades reajustables (US$ 325 y US$ 65 mil según valores actuales). No obstante, habrá otras sanciones como el "decomiso de mercaderías" en caso de riesgo para la salud, clausura del local comercial "hasta por 90 días" y la publicación de las sanciones.

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Rechazan manipulación genética

El encargado de marketing de la empresa IMSA, importadora del jugo ADES en Uruguay, Jorge Castro, aseguró a El Observador que ese producto "está hecho con semilla de soja normal y no tiene ningún tipo de tratamiento genético".

"En la provincia argentina de Tucumán, donde se encuentra nuestra planta, no se cultiva todavía soja transgénica", señaló el gerente.

El encargado de marketing sostuvo que a ese lugar "no ha llegado ningún tipo de manipulación genética, independientemente de que hay todo un tema de si lo transgénico es bueno o malo".
"Nosotros somos Bed Food en el mundo, acá en Uruguay se llama IMSA, en Argentina se llama Refinería de Maíz, y es una multinacional", explicó el jerarca empresarial.

Y continuó: "Nosotros nos proveemos del producto argentino y los proveedores son de la zona (de Tucumán) quienes no trabajarían con soja transgénica. Es lo que entendemos nosotros".

En relación con lo afirmado por la jurista Dora Szafir, Castro añadió que "no hay ningún elemento que pueda haberle llegado a esta persona de que el jugo se haga con soja trasgénica. El producto está aprobado por el MSP", aseguró.