Advertencia de una Jueza civil ante la inminente entrada en vigencia de la nueva ley
Obligación de informar al consumidor
Empresas deberán divulgar lo nocivo del cigarrillo, de los productos transgénicos y del
uso de hormonas; las administradoras de tarjetas de crédito cambiarán el texto de los
contratos
por Walter Pernas de la redacción de El Observador
A partir del 1 de julio entrará a regir una ley (la número 17.189) que obliga a las
compañías tabacaleras a informar que el cigarrillo provoca cáncer de pulmón, a las
firmas que provean pollos les impone comunicar si esos animales fueron engordados en base
a hormonas, y a las empresas que elaboren productos con componentes modificados
genéticamente les exige que lo aclaren públicamente a fin de que el consumidor opte si
acepta los eventuales riegos para su salud, dijo a El Observador la jueza en lo Civil,
Dora Szafir. La magistrada fue la asesora por la Facultad de Derecho en la redacción de
la norma que fue aprobada por el Parlamento en setiembre de 1999.
EMPRESAS OBLIGADAS
"No se sabe exactamente cuáles son las consecuencias perjudiciales del producto
transgénico, pero la Comunidad Económica Europea acaba de prohibir el ingreso de esos
productos. En Brasil está prohibido. Acá (se vende) el jugo ADES (que) se produce con
soja transgénica. Toda la soja que utiliza (la empresa argentina) Monsanto, es
transgénica", sostuvo la jurista. Según Szafir, "hay una gran cantidad de
productos que se elabora en base a soja transgénica y acá en Uruguay no se
informa".
La empresa IMSA, importadora de jugos ADES, dijo a El Observador que ese producto no se
elabora con soja transgénica.
La jueza citó el artículo 8° de la ley: "Los productores de servicios peligrosos o
nocivos para la salud o seguridad deberán informar en forma clara y visible sobre su
peligrosidad o nocividad (...)". En los productos industriales, la información
deberá "acompañar siempre al producto", señala la norma.
"Hay un montón de ingredientes que no sabemos qué tipo de daño pueden llegar a
causar: las hormonas de los pollos, los conservantes, los saborizantes", dijo la
jueza. Al ser consultada sobre si las empresas que proveen pollos engordados en base a la
aplicación de hormonas deberán comunicar cuál es el proceso del producto, indicó:
"Si hay un posible riesgo a la salud por el uso de hormonas debe informarse porque de
lo contrario, si se produce daño, después se tendrá que atener a las
consecuencias". Añadió que, según algunos técnicos, "la alimentación a
través de hormonas trae problemas de salud". "No es que se le prohíba al
proveedor ofrecer el producto en el mercado, pero que el que consuma sepa que tiene
ciertos riesgos a fin de poder decidir si los quiere asumir. No existe una elección libre
si no se conoce lo que se consume", aseveró.
Según la jueza, las empresas que venden cigarrillos tendrán que informar que consumir
ese producto "puede producir cáncer de pulmón, bronquitis y el riesgo que corre la
embarazada si fuma". "Hoy la gente sabe que el cigarrillo lo perjudica; lo
consume a sabiendas (de que es nocivo), pero no se informa exactamente qué riesgos se
corren. Eso va a tener que modificarse" una vez que comience a regir la ley, indicó.
La jurista señaló que las cláusulas de los contratos que se firman a fin de utilizar
una tarjeta de crédito "son engorrosas para leer" y que "mucha gente no
tiene capacidad de entenderlas". Por ello, sostuvo que a partir de la vigencia de la
ley, habrá que emplear "un lenguaje entendible para el sujeto al cual está
destinado", y el contrato deberá ser "ajustado" al sencillo acto de
adquirir una "simple tarjeta".
"Las tarjetas nos permiten comprar sin pagar en efectivo; luego nos envían un
resumen de cuenta, en el que figura un ítem que dice: pago contado $ 1.000, pago mínimo
$ 500. El consumidor paga $ 900 y entiende que financia sólo $ 100, que es lo que le
resta por abonar. Pero no es así", dijo. Aclaró que "los intereses corren por
los $ 1.000 porque, según surge de la explicación del contrato de las tarjetas, me
financian toda la cantidad desde que compré el producto".
"Sólo si abono al contado, por ser buena pagadora, me perdonan o bonifican esos
intereses desde que realicé la compra hasta la fecha del pago. Esto va a tener que
cambiar; la ley del consumidor indica que esto es abusivo", subrayó.
En otro orden dijo que en un lugar dispuesto para el ingreso del público "no alcanza
con colocar un cartel que diga: 'La casa se reserva el derecho de admisión'. Se debe
exponer las condiciones de la limitación, no se puede restringir el ingreso de alguien
porque su cara no gusta". La jueza dijo además que, de acuerdo a la ley que entra a
regir en julio, "ya no se podrá presentar una oferta diciendo que es válida hasta
agotar el stock" del producto ofrecido.
"Puede suceder que se comunique la oferta es por cinco días y por ser tan buena la
promoción el producto se termine a los dos días. En ese caso se deberá usar el mismo
medio para comunicar que se revocó la oferta", señaló Szafir.
SANCIONES
La norma establece que el Ministerio de Economía, a través de la Dirección General de
Comercio, será "la autoridad nacional de fiscalización del cumplimiento de la
presente ley". Las infracciones se calificarán como "leves, graves y muy
graves" atendiendo los criterios de "riesgo para la salud del consumidor, la
posición en el mercado del infractor, la cuantía del beneficio, el grado de
intencionalidad, la gravedad de la alteración social producida, la generalización de la
infracción y la reincidencia". Las multas serán de entre 20 y 4.000 unidades
reajustables (US$ 325 y US$ 65 mil según valores actuales). No obstante, habrá otras
sanciones como el "decomiso de mercaderías" en caso de riesgo para la salud,
clausura del local comercial "hasta por 90 días" y la publicación de las
sanciones.
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Rechazan manipulación genética
El encargado de marketing de la empresa IMSA, importadora del jugo ADES en Uruguay, Jorge
Castro, aseguró a El Observador que ese producto "está hecho con semilla de soja
normal y no tiene ningún tipo de tratamiento genético".
"En la provincia argentina de Tucumán, donde se encuentra nuestra planta, no se
cultiva todavía soja transgénica", señaló el gerente.
El encargado de marketing sostuvo que a ese lugar "no ha llegado ningún tipo de
manipulación genética, independientemente de que hay todo un tema de si lo transgénico
es bueno o malo".
"Nosotros somos Bed Food en el mundo, acá en Uruguay se llama IMSA, en Argentina se
llama Refinería de Maíz, y es una multinacional", explicó el jerarca empresarial.
Y continuó: "Nosotros nos proveemos del producto argentino y los proveedores son de
la zona (de Tucumán) quienes no trabajarían con soja transgénica. Es lo que entendemos
nosotros".
En relación con lo afirmado por la jurista Dora Szafir, Castro añadió que "no hay
ningún elemento que pueda haberle llegado a esta persona de que el jugo se haga con soja
trasgénica. El producto está aprobado por el MSP", aseguró.
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