Crio. Batlle García
El que suscribe, VILLANUEVA SARAVIA PINTO, titular de la Cédula de
Identidad N° 2.588.294-6, domiciliado en calle Justino Muniz Nº 591, INTENDENTE
MUNICIPAL DE CERRO LARGO, en esta calidad y en la que me corresponde
como ciudadano de la República, vengo a presentar "notitia criminis" respecto
de los graves hechos que se describirán más abajo y que pueden configurar
diversos delitos a cargo del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Rio Branco, Dr.
Gerardo SIRI, del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Cerro Largo de ler.
Turno, Dr. Ricardo MIGUEZ, del Sr. Fiscal Letrado Departamental de ler.
Turno Dr. Gustavo ZUBIA, y del Sr. Fiscal Letrado Departamental de Rocha Dr.
Walter CANCELA.-
1) En el día de ayer (9 de junio de 1998) aproximadamente a la hora 18, se recibió en
mi despacho la cinta magnetofónica que agrego, y que he hecho transcribir
(transcripción que también agrego), que contiene la grabación de una conversación
telefónica mantenida en fecha no determinada, pero de cuyo contexto y referencia a
determinados hechos políticos y actos jurisdiccionales, surge que sería el día 5 de
mayo de 1998, entre el Señor Juez Letrado de Primera Instancia de Rio Branco, Dr.
Gerardo SIRI, y el Fiscal Letrado Departamental de Rocha, Dr. Walter CANCELA.-
He tomado conocimiento del contenido de la referida cinta en la mañana de hoy (10 de
junio de 1998), aproximadamente a la hora 9.00.-
2) Dicha cinta llegó a mi despacho procedente de Montevideo y transportada por
la empresa "Nuñez Transporte y Turismo", según resulta del sobre que se
adjunta en las condiciones en que se recibió.-
3) Dicha comunicación fue absolutamente anónima: no la acompañaba misiva alguna y la
dirección del remitente (Yí 1221) que aparece al dorso no correspondería a un domicilio
real por cuanto consultada la guía de calle correspondiente dicho número no aparece.-
4) En la conversación telefónica se dicen cosas gravísimas por parte de los
supuestos magistrados, que implicarían un verdadera conspiración para perjudicar al
suscripto en su calidad de Intendente Departamental y como persona, haciéndose además
acusaciones gravísimas que involucran a la Suprema Corte de Justicia y al Ministro Dr.
Milton Cairoli; al Tribunal de Apelaciones en lo Civil de ler. Turno (que actuó en la
alzada del notorio caso de amparo promovido por tres ediles de la Junta Local Autónoma y
Electiva de Rio Branco); al Presidente de la Junta Departamental Dr. Nelson Zolessi y al
Sr. José Porto -integrante de la Junta Local Autónoma y Electiva de Rio Branco, no
faltando tampoco referencias indecorosas respecto del Sr. Fiscal de Corte y Procurador
General de la Nación.-
5) El Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Rio Branco, Dr. Gerardo Siri, le
anticipa en la oportunidad al Sr. Fiscal Letrado Departamental de Rocha Dr. Walter Cancela
-que nada tiene que ver en el departamento- que va a dictar -como efectivamente dictó-
"una medida de no innovar", con lo que no sólo reveló un secreto sino que
prejuzgó injustamente.-
6) Con total desaprensión el Juez dijo -refiriéndose al conflicto planteado con
relación a la Junta Local Autónoma y Electiva de Rio Branco-: "Yo le voy a
echar leña al fuego ahora; voy a echar un fósforo para arrimar a un barril de nafta, que
sabés qué!".-
Porque -según expresa el magistrado textualmente- "El Villa ya me tiene
podrido". Más adelante expresa un afán de venganza y resentimiento para
un presunto justiciable: "Si sos malo, vas a ver ahora", no
dudando tampoco de expresar que no rehusaría ejercer la violencia, -dice que estaba "con
el revólver así"- para lo cual expresa que habría hablado con el Subcomisario
y previsto un tiroteo entre los ciudadanos.
7) Dijo refiriéndose al suscripto que lo mejor que podía pasar es que el intendente "...viniera
y se hiciera el vivo, porque ya tengo todo arreglado para mandarlo por desacato para
Melo", porque el Fiscal de allá -Gustavo Zubía- estaba "con la chaira
ya pronta", configurando un posible delito provocado por la autoridad. Anticipó
incluso cómo se daría el desacato del suscripto, al que se le prohibiría la entrada a
una sección del departamento del cual es el legítimo Gobernante, a ejecutar actos de
gobierno, previéndose la natural oposición del intendente, ante lo cual se le mandaría
arrestar, porque -como dijo- "...de última yo ya me resigné", presuponiendo
que alguien se la habría de cobrar, por lo cual no lo detendría al actuar contra el
suscripto. Dijo también que para ello tendría supuestamente arreglado al Comisario
Inspector Sr. Batlle García.-
8) El Fiscal colabora en todo momento en la elaboración de este diálogo. No se opone
en ningún momento a la línea de razonamiento del Juez, ni siquiera en cuanto éste le
dice que no le desagrada el tomar este triste protagonismo, en tanto crearía fama de
cuero duro.-
Afirma asimismo el Dr. Síri que ha recibido llamadas del Sr. Juez Letrado de Primera
instancia de ler. Turno de Cerro Largo, Dr. Ricardo Miguez, al que identifica por "El
Cotorra", alias con el que se le conoce en la zona, el que lo habría llamado, según
dijo, "...dando manija de Melo".-
Increíblemente el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Rio Branco habría
reconocido: "Estoy haciendo alguna cosa medio irregular, porque hay una denuncia
por la ley de prensa que la estoy trancando; yo no puedo tirar las bombas todas juntas; y
mandar traer al Vílla ahora por una ley de prensa porque habló mal de Spillman, y a la
vez esto y me piden el arresto por las conminaciones...", desarrollando una
estrategia de ganar tiempo sin darle la razón a ninguna de las partes, lo que puede
constituir abuso de funciones (artículo 162 del Código Penal), omisión de proceder
(art. 177) en la modalidad de retardo de la intervención del Juez competente.-
Refiriéndose a la Suprema Corte de Justicia dijo que no quería llamar a la Corte para
que no lo hagan hacer mandados. Y también que "estoy con ganas de tirarle todo el
fardo a la Corte..., y tengo la manera", describiéndola con precisión y anunciando
la posibilidad de plantear una acción de inconstitucionalidad de oficio, para suspender
el procedimiento; y "que se arregle la Corte, se acabó el pastel, y que se
dejen de joder porque yo ya estoy harto". Con igual irrespetuosidad se refiere al
fallo del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de ler. Turno, por el cual, según estos
Magistrados, se abrió una "Caja de Pandora", siendo totalmente irregular, ante
lo cual el Fiscal le recomienda que salve su pellejo.-
9) Como este Juez aparentemente ha perdido toda compostura y respeto ante todas
las autoridades departamentales, se refiere reiteradamente a "estos locos de la
Junta"; de esta manera se refiere al Edil Alzueta (Vicepresidente de la Junta) , al
Edil Porto -al que por su parte el Fiscal califica de "arrastrado"- y al Edil
Basilio Morales, que aparentemente querría recibir a tiros al Intendente.-
Más adelante se refiere al "demente de Alzueta" y al "Arrastrado de
Zolessi", refiriéndose al Sr. Presidente de la Junta Departamental de Cerro Largo,
diciendo que todos los locos están metidos dentro de la Junta y que les falta la olla
popular.-
10) Finalmente en esta larguísima conversación interdepartamental -que esperamos no
se haya realizado a costa del erario público- el Sr. Juez le dice al Fiscal Letrado
Departamental de Rocha, Dr. Walter Cancela, que su Jefe, el Fiscal de Corte estaba "volanteando
los cargos", porque no tenía gente para ascender mencionando con total
desaprensíón a sus colegas "Fanny Canessa", al "Gordo Delfino" y
"un tal Posadas que está en Durazno".-
11) Por fin y como surge de todo lo expuesto en una evidente conjunción del interés
privado con el público (art. 161 del Código Penal), el Sr. Juez vincula sin dudas sus
actuaciones funcionales a sus intereses personales en el desarrollo de su propia carrera
como Juez, cuando afirma que "Yo ya perdí. Porque esta barra..."
-refiriéndose obviamente a los políticos, y eventualmente al Parlamento Nacional- me la
va a cobrar en alguna venia o en otra cosa".-
12) Todas las intenciones que se articulan en la conversación a que se ha venido
haciendo referencia se han traducido en actos jurisdiccionales concretos cumplidos
por el Dr. Gerardo SIRI, en perjuicio directo de mis atribuciones como Intendente del
Gobierno Departamental de Cerro Largo. Ha dictado diversas medidas actuando con manifiesta
incompetencia; que constituyen actos arbitrarios, en la medida en que no se ajustan a
derecho (son manifiestamente ilegales); y han tenido por consecuencia impedir el ejercicio
de actos de gobierno por los legítimos titulares de los órganos (como dice en la
conversación "...voy a sacar la medida de no innovar que me parece acertada a los
efectos de impedir que vengan ... "); transformando a la tercera sección en una
circunscripción territorial que se rige por un fallo jurisdiccional, y en la que
sus pretendidos gobernantes resisten amparados por la ilegítima actuación judicial- los
contralores que la Constitución de la República ha establecido.-
Por todo lo expuesto, al Señor Comisario SOLICITO:
1°) Que me tenga por presentado y por formulada esta denuncia penal a los efectos que
se investiguen los hechos mencionados que analizados en su globalidad pueden constituir
una verdadera asociación criminal en perjuicio del Intendente Departamental por parte de
los cuatro Magistrados referidos.-
2°) Que el artículo 23 de la Constitución hace responsables a los Jueces de las más
mínima agresión contra los derechos de las personas, así como por separarse del orden
de proceder que en la ley se establezca.-
3°) El suscripto Intendente Departamental cumple con este penoso deber y solicita se
realicen las indagatorias pertinentes incluyendo las pericias que fueren menester para
determinar la existencia de estas llamadas, los teléfonos empleados y los
protagonistas de las mismas, así como de la responsabilidad de otras personas
involucradas en esa conversación.-
(Firma Villanueva Saravia)