03.12.2003




Comunicado de Prensa de la Suprema Corte de Justicia por el caso Elena Quinteros

"Atendiendo a numerosos requerimientos de los medios de prensa en relación con el caso Quinteros, realizamos las siguiente precisiones:

1.- El juez penal Dr. Alejandro Recarey está supliendo en su función al titular del Juzgado Letrado en lo Penal de Primer Turno, Dr. Eduardo Cavalli, quien venía entendiendo en la causa abierta en relación con la muerte de Elena Quinteros.

2.- A través del mensaje 84/003 fechado 28 nov. 2003, el Poder Ejecutivo solicitó a la Suprema Corte de Justicia la remisión de testimonio (copia fotostática autenticada) del expediente ficha 497/90 caratulado "Arana, Mariano y otros. Denuncia", y sus piezas, así como la suspensión de todas las diligencias presumariales en dichos procedimientos, hasta que se dé cumplimiento a lo dispuesto por el art. 3º de la ley 15.848 (ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado), todo lo cual le fue notificado al Dr. Recarey. Corresponde aclarar que el expediente al que se alude por parte del Poder Ejecutivo es la denuncia inicial que dio lugar a las investigaciones y, además, por encontrarse la causa en la etapa de sumario, ya no existen las mencionadas "diligencias presumariales".

3.- En suma, el expediente mencionado por el Poder Ejecutivo se transformó en las actuaciones sumariales en que resultó procesado Juan C. Blanco como coautor de un delito de privación de libertad (decreto 991 de fecha 18/10/2002), actualmente modificada la imputación a "homicidio muy especialmente agravado" según decreto 926 de 20 de junio de 2003, y en el cual se vienen realizando citaciones a militares para que comparezcan a prestar testimonio (es decir, en calidad de testigos, no como indagados) tal como ha trascendido en los medios de prensa.

4.- La vasta investigación en curso está orientada a circunscribir en tiempo y espacio, a través de los indicios disponibles, ese lugar en que presuntamente estarían enterrados los restos de Quinteros. Esto es necesario porque, a diferencia de lo que había resuelto en su momento, y para otro caso, el juez Dr. Gustavo Mirabal, ordenando por tiempo determinado la detención de las excavaciones en el predio del Batallón de Infantería Nº 13, en un radio de un kilómetro, el juez Dr. Alejandro Recarey dispuso esa misma medida, pero sin plazo, lo cual acarrea perjuicios a la institución propietaria, además de provocar atrasos en una obra municipal.

Cabe señalar que se han recabado numerosos elementos de prueba, dada la gran complejidad del asunto. El testimonio requerido a los militares es tan solo una parte de esos elementos que permiten llevar adelante la investigación, pues no debe olvidarse que se trata de un hecho ocurrido hace mucho tiempo, lo cual dificulta aún más la labor que viene desarrollando la Justicia.


Dr. Raúl Y. Oxandabarat
Encargado de la División de Comunicación
Institucional de la Suprema Corte de Justicia"

 



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