EMILIANO COTELO:
¿Qué ocurrirá con el proyecto de ley para regular el derecho a voto de los uruguayos residentes en el exterior? Parece que va rumbo al naufragio.
Ayer, la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Representantes resolvió, por cinco votos contra cuatro, pasar el proyecto a consideración del plenario de la Cámara. Pero, pocas horas antes, el Directorio del Partido Nacional (PN) había ratificado que votaría en contra de la iniciativa y por tanto ya se da como un hecho que el proyecto quedará por el camino. Porque su aprobación requiere una mayoría especial de dos tercios que sin los nacionalistas no se alcanza.
Ante este escenario, el diputado frenteamplista Jorge Orrico, de Asamblea Uruguay, adelantó al matutino La Diaria que se está estudiando una reforma constitucional para encontrar un camino para este voto en el exterior.
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EC - Vamos a averiguar en qué estado se encuentra este debate y cómo se resuelve. Para eso estamos con los diputados Diego Cánepa (NE, FA) y Gustavo Borsari (H, PN).
Diputado Cánepa, ¿qué tipo de voto en el exterior se habilita según el proyecto que salió ayer de comisión?
DIEGO CÁNEPA:
El proyecto es el mismo que envió el Poder Ejecutivo a principios de 2005. Fue uno de los primeros proyectos que envió el gobierno. Es un voto epistolar. Hay dos mecanismos en el mundo para el voto de las personas en el exterior: el voto consular y el voto epistolar. Estamos dispuestos a ir al voto consular, pero como el PN manifestó que el problema es conceptual, que no comparte que los uruguayos en el exterior tengan derecho a votar, se votó el proyecto original, tal como vino del Poder Ejecutivo. Eso fue lo que sancionó la comisión.
Es verdad que la Comisión llegó a la conclusión y el Frente Amplio (FA) aceptó que se requiere una mayoría de dos tercios y se debe aplicar el artículo 77, numeral 7 de la Constitución, en vez del numeral 2, que implica la mayoría absoluta. Es por esa razón que, luego de un año de discusión, con diferentes informes para un lado y para el otro sobre este tipo de mayorías, se consideró que - más allá de la discusión jurídica- era necesario contar con un amplio consenso; independientemente de la opinión de la mayoría del gobierno.
EC - Diputado Borsari, ¿por qué el “No” del PN a este proyecto tal cual viene discutiéndose?
GUSTAVO BORSARI:
El diputado Lorenzo y yo presentamos un informe al Directorio del PN sobre la base de cuestiones de fondo y de forma. Las razones de fondo se fundan en un informe que el doctor Cassinelli Muñoz brindó a la Comisión de Constitución y Códigos, con base en que Uruguay ha consagrado desde el fondo de los tiempos en su sistema constitucional la tesis del avecinamiento...Que aquellos que deben ejercer la ciudadanía a través del voto se avecinen al país. Esto también tiene asidero en la tesis de domicilio que Uruguay adoptó hace muchísimos años en contradicción con la tesis de nacionalidad. Es decir, que la persona que va a ejercer el voto, la ciudadanía, debe estar domiciliada en el país.
Esto viene de muy atrás. Otros países, como Italia y España, han adoptado otras tesis. Pero somos países muy distintos. En Uruguay hemos privilegiado el afincamiento. Cassinelli Muñoz dijo en la comisión, entre otras cosas, que las consecuencias negativas o positivas de un gobierno van a ser sufridas o usufructuadas por aquellos que estamos en el país. Tomamos ese razonamiento como válido y por eso nos oponemos a este proyecto de ley. No como discriminación de la gente que está fuera de Uruguay, pero gente que hace 10, 20 o 30 años que no está en el país puede influir en la votación. No sólo del presidente o de los legisladores, sino de los ediles de Tacuarembó, del intendente de Flores. Entonces, además de estas razones que hemos dado, nos parece absolutamente equivocado consagrar este proyecto.
EC - Diputado Cánepa, en el PN hay dos grandes motivos para la oposición. Uno es de tipo jurídico constitucional, incluso invocando a profesores como Cassinelli Muñoz o Martín Risso. Sobre esas razones, ¿qué responden ustedes?
DC - Hay dos discusiones. Una la que plantean el diputado Borsari y el PN, una discusión jurídica. Pero hay una discusión más política de fondo.
EC - Vamos a la jurídica primero.
DC - Hay alguna contradicción flagrante en algunos argumentos. Utilizar los argumentos jurídicos del doctor Cassinelli Muñoz y el argumento de que los uruguayos que residen en el exterior y votan no “sufren” las consecuencias, es una valoración política, no jurídica. Aparte, es absolutamente absurda. Porque entonces, ¿el PN propone que les vetemos la posibilidad del voto los uruguayos que viven en el exterior y viajan al país a votar? Hoy votan y no se avecinan. El concepto de avecinamiento no es venir al país por un día a votar. Y el concepto de radicación de domicilio tampoco es correcto. No es necesario tener domicilio en el país para votar. Es absolutamente falso. La Corte Electoral no exige que uno determine domicilio en el país. La persona que vive en el exterior y viene a votar tiene que tener la Credencial Cívica en regla. Es el único elemento burocrático que se necesita para ejercer el derecho al voto, además de las otras limitantes que establece la Constitución de la República. La Constitución no dice en lugar alguno que por el hecho de salir o no vivir en el país uno pierde la capacidad de voto o queda manumitido en su derecho a voto como ciudadano.
EC - Es interesante la respuesta del diputado Cánepa. ¿Cómo retruca el diputado Borsari? Ocurre todo el tiempo que uruguayos que viven en el exterior vienen para las elecciones. Votan y después se van. O sea que no experimentan las consecuencias directas de su voto.
GB – Exactamente. Es un vacío que tenemos. Se está haciendo una chicana. No hay que olvidar que aquellos que vienen a votar mantienen su calidad de ciudadanos porque vienen. No recuerdo la norma, pero cuando uno no vota dos o tres veces pierde la capacidad de votar. Pierde la ciudadanía.
Voy a poner un ejemplo muy práctico, ya no constitucional, respecto de lo que decía Cassinelli, a quien asiste razón. En la elección pasada muchos uruguayos vinieron a votar. Votaron, se dieron el gobierno que quisieron. Este gobierno implantó el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esas personas que vinieron por 24 horas, votaron y se fueron (supongo que muchas habrán votado al FA) estatuyeron un gobierno que implantó este impuesto. Hoy, ese impuesto lo sufrimos y lo vamos a sufrir, lo vamos a pagar los uruguayos que estamos aquí.
EC - Pero pudieron votar.
GB - Sin embargo, los que vinieron por 24 horas no lo van a pagar. Es un ejemplo muy práctico de cómo se puede influir en decisiones que van a perjudicar o a beneficiar a quienes nos quedamos aquí.
EC - Diputado Cánepa.